Alertas Jurídicas viernes , 22 noviembre 2024
 NOTA IMPORTANTE
Inicio » Noticias » No es imprescindible la contratación de una persona a jornada completa para poder calcular el alquiler como actividad económica
No es imprescindible la contratación de una persona a jornada completa para poder calcular el alquiler como actividad económica

No es imprescindible la contratación de una persona a jornada completa para poder calcular el alquiler como actividad económica

La Dirección General de Tributos ha publicado una reciente resolución en la que establece que ya no es preciso contar con una persona con contrato laboral y jornada completa para considerar el arrendamiento de inmuebles como una actividad económica. Ahora se pueden subcontratar los servicios de gestión, cuando ello resulta más eficiente. Sin embargo, esta excepción solo se aplicará para una gestión importante de inmuebles por lo que el resto de arrendadores tendrá que seguirá tributando el alquiler como rendimientos de capital inmobiliario.

Esta novedosa decisión supone un paso más en la flexibilización de las condiciones para considerar el alquiler de inmuebles como actividad económica. Así, tras la supresión de la obligatoriedad de disponer de un local desde el que ejercer la gestión de los arrendamientos con la Ley 26/2014 , la Dirección General de Tributos acaba de resolver que tampoco es necesario contar con una persona con contrato laboral y jornada completa, sino que se podrán subcontratar los servicios de gestión de los arrendamientos en una empresa especializada siempre que pueda justificarse la necesidad de esto.

Las diferencias entre tributar por los ingresos de arrendamientos como rendimientos del capital inmobiliario o como actividad económica pasan principalmente por la posibilidad de deducir gastos en el pago del IRPF.

Según publica el despacho Salcedo Abogados en su blog Ático Jurídico, esta resolución no debe confundir a los propietarios de viviendas ya que se aplica únicamente a aquellas empresas que gestionen un gran volumen de patrimonio inmobiliario, con el que justifiquen la subcontratación de la gestión de los arrendamientos en una empresa externa.

Deja un Comentario

Tu dirección de email no será publicada.

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

España, primer país del mundo donde se realiza una compraventa inmobiliaria desde el móvil, gracias a la tecnología Smart contract

España, primer país del mundo donde se realiza una compraventa inmobiliaria desde el móvil, gracias a la tecnología Smart contract

La compraventa se firmó y pagó desde los teléfonos móviles del comprador y del vendedor La plataforma Pagoscertificados.com, desarrollada por la Abogacía Española, CTI Soluciones y CaixaBank, revoluciona la contratación digital permitiendo cerrar acuerdos online vinculados al pago de la cantidad pactada con máxima seguridad jurídica e inmediatez 2 de diciembre de 2021. España se posiciona a la vanguardia tecnológica ... Leer Más »

¿Es obligatorio el seguro de vida para una hipoteca?

¿Es obligatorio el seguro de vida para una hipoteca?

Si estás buscando financiación para la compra de tu próxima vivienda, es probable que quieras conocer más sobre los seguros que puedes contratar. El seguro de vida para una hipoteca o seguro de vida de amortización es uno de ellos. Este es un seguro de riesgo que cubre el monto del préstamo hipotecario, en caso de que el titular de ... Leer Más »

Los españoles compran un activo inmobiliario cada 17,5 años

Los españoles compran un activo inmobiliario cada 17,5 años

Este es el periodo de tiempo que transcurre desde que un comprador adquiere un inmueble, principalmente viviendas, hasta que decide comprar otro. Son datos del último informe del colectivo API de Catalunya. ¿Y cuánto se tarda en vender una vivienda? La mayoría de los agentes de la propiedad inmobiliaria afirma vender una residencia a los 3 meses desde que recibe ... Leer Más »

El precio medio del alquiler en España cae un 0,10% frente al año pasado

El precio medio del alquiler en España cae un 0,10% frente al año pasado

La superficie media del piso en alquiler fue de 108 metros cuadrados, con una renta media de 985 euros mensuales, cayendo un- 0,81% respecto al mes de octubre. Dos capitales superaron los 1.700 euros de renta media mensual: Madrid (1.761 €/m²) y Barcelona (1.745 €/m²). Murcia (7,80%) arrojó el mayor repunte de un año a otro. Muchos propietarios prefieren tener ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Revista Inmueble