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Conforme a lo dispuesto en el artículo 32 de la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos, cuando en el inmueble arrendado se ejerza una actividad empresarial o profesional, el arrendatario estará facultado para ceder el contrato sin contar con el consentimiento del arrendador. Realizado el traspaso, deberá ser comunicado al arrendador en el plazo máximo de un mes.

A fondo Pasos a seguir para trasladar un local de negocio

Es cuando llega el momento de dar por concluido el contrato de arrendamiento es cuando  suelen darse esos  problemas respecto a si el arrendador puede quedarse o no con parte de la fianza (o con toda) para reparar determinados daños que ha observado en el inmueble y sobre todo, que puedan ser imputados al arrendatario.

 

A fondo La institución de la fianza en el contrato de arrendamiento de fincas urbanas y su sempiterna problemática

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