Alertas Jurídicas domingo , 19 mayo 2024
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Doce consejos de los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria para no equivocarse al comprar una vivienda sobre plano

Doce consejos de los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria para no equivocarse al comprar una vivienda sobre plano

El Consejo General de Colegios de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria prevé que el agotamiento del stock de viviendas que quedaron en manos de promotores y entidades financieras hará que la compra de vivienda sobre plano vuelva a ser la forma de contratación más frecuente tras el cambio de ciclo que ya asoma en el sector inmobiliario. Muchas ferias comerciales del sector y algunas zonas de España ya están notando un importante incremento de las ventas antes del comienzo de la construcción de los pisos, por lo que el Consejo General de Colegios API ha editado una guía de recomendaciones para que los compradores puedan afrontar este proceso con todas las garantías.

 

1.-El consumidor debe tener la mayor información posible sobre la promotora y exigirle que acredite la propiedad del solar donde se va a levantar el edificio y los trámites que ya haya realizado para comenzar el proyecto: solicitud de licencia de obras, permisos…

 

2.-Revisa detenidamente el contrato privado que se firmará con la empresa, y que no se elevará a público ante un notario hasta que se produzca la entrega de llaves. Hay que prestar atención a la posible inclusión de cláusulas abusivas. El documento debe incluir el precio exacto de la vivienda, IVA aparte y la fecha concreta de entrega de las llaves.

 

3.-Memoria de calidades. Solicita una memoria de calidades detallada, que incluya toda la información sobre los materiales de construcción, superficies, zonas comunes y calidades de los acabados y exige información sobre todos aquellos aspectos que no estén incluidos en este documento. Una memoria de calidades detallada y concreta evitará muchos problemas a la entrega de la vivienda.

 

4.-Reclamar los planos. Es importante conocer al detalle los planos de todo el edificio para poder conocer todos los equipamientos, poder elegir la mejor vivienda disponible, conocer la superficie exacta de las habitaciones, disposición de las ventanas, orientación de la vivienda.

 

5.-Recabar todo tipo de folletos y documentación publicitaria sobre la promoción en cuestión ya que ello se integra en el contrato que se firme.

 

6.-Cuidado con los retrasos en la entrega. Exige que el contrato incluya una penalización para el promotor en el caso de que no se cumpla el plazo de entrega de la vivienda, e incluso la posibilidad de que la empresa deba pagar el alquiler de una vivienda a los compradores si el retraso se prolonga en el tiempo.

 

7.-Entrega de cantidades a cuenta. El comprador corre el riesgo de que este dinero pueda no ser recuperadas si la promoción inmobiliaria no sale adelante. Lo más importante es tener la certeza de que la cantidad que se entrega a cuenta se ingresa en una cuenta separada destinada específicamente a este fin, es decir, a pagar los gastos de construcción.

 

8.-Exigir el aval. Es muy importante exigir que el promotor constituya un aval general de toda la promoción que garantice todas las cantidades entregadas a cuenta y el aval individual, que será el que nos permitirá recuperar el dinero entregado si la promoción no sale adelante.

 

9.-Adapta la vivienda a tus necesidades. Una de las mayores ventajas de la compra sobre plano es que la vivienda aún no está construida, por lo que el comprador tiene la opción de solicitar cambios al promotor para que el inmueble se adapte a sus necesidades concretas.

 

10.-Revisa detenidamente la vivienda antes de firmar las escrituras. Es fundamental comprobar que todo se ajusta a la memoria de calidades inicial y que la vivienda cumple todos los requisitos legales, como la altura de las habitaciones. Es recomendable realizar esta inspección acompañado de un especialista como un arquitecto o arquitecto técnico para detectar cualquier problema y poder reclamarlo antes de firmar.

 

11.-Haz valer tus derechos como consumidor. La normativa sobre consumo de las comunidades autónomas suele establecer todos los datos que es obligatorio suministrar a los consumidores, cuyo incumplimiento generaría responsabilidad administrativa (multas). Por ejemplo, el Decreto 218/2005 de 11 de octubre de Andalucía exige que el consumidor debe conocer los datos identificativos del promotor, el director de obra y la empresa constructora, el plano general de emplazamiento de la vivienda y el plana de planta de amueblamiento, la superficie útil, la descripción de la vivienda y del edificio, la memoria de calidades o el precio de venta final.

 

12.-A veces ocurre que los promotores no atienden a las solicitudes de documentación anexa o exigencias de los demandantes de sus viviendas, de manera que solo ofrecen la posibilidad de adherirse al contrato-formulario realizado específicamente para la promoción. En estos casos sólo cabe no aceptar el contrato y buscar otra promoción en competencia que actúe de manera más trasparente o, si se decide aceptarlo, buscar un experto que asesore sobre el posible carácter abusivo de ciertas cláusulas o la posibilidad de requerir la información exigida por la normativa de consumo. En última instancia, se puede acudir a una vía extrajudicial para la resolución de conflictos o a los tribunales de justicia.

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