La Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha estimado el recurso presentado contra la aprobación del acuerdo del Plenario del Ayuntamiento de Barcelona sobre la Modificación del Plan Especial de establecimientos de concurrencia pública, hotelería y otras actividades en Ciutat Vella y da por anulada la obligación de obtener la baja de una o varias licencias existentes de plazas hoteleras en número igual o superior a la nueva actividad hotelera.
(Fuente: Consejo General del Poder Judicial)