La emisión de una factura justificativa de las operaciones llevadas a cabo en el mercado es un acto de obligatorio cumplimiento para todo empresario o profesión al que desarrolle actividades económicas. Dicha obligación aparece así reflejada en nuestro Ordenamiento Jurídico, concretamente en el artículo primero del Real Decreto 2402/1985,de 18 de diciembre (B.O.E. de 30 de diciembre). Ello es así porque la factura juega un papel primordial en nuestro sistema jurídico-tributario, tanto desde un punto de vista justificativo de las operaciones llevadas a cabo, como desde un punto de vista funcional en la determinación de las bases imponibles y cuotas. No resultará de buen seguro necesario recordar, que para poder deducir cuotas soportadas en el Impuesto sobre el Valor Añadido o gastos contabilizados en e Impuesto sobre Sociedades es indispensable contar con la perceptiva factura de la operación.
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