El Consejo General de Colegios API de España muestra su satisfacción por la creación en los últimos meses de registros de agentes inmobiliarios en las comunidades de Cataluña, País Vasco, Madrid, Navarra y Andalucía, donde se acaba de aprobar por el Parlamento andaluz. Ayer, 11 de abril, se aprobó en el Parlamento de Andalucía la Ley de tanteo y retracto que incorpora en una disposición adicional el registro de agentes inmobiliarios de Andalucía, de carácter obligatorio y pendiente de desarrollo reglamentario. Una aprobación en la que ha sido clave el trabajo previo realizado por el Consejo Andaluz de Colegios API.
De esta forma, por fin se ve luz al final del túnel en el sector inmobiliario, tras 18 años de descontrol y desorden. “Quien preste servicios de venta o arrendamiento de inmuebles, y especialmente de viviendas, tiene que estar formado y capacitado, sin duda alguna”, afirma el presidente del Consejo General API, Diego Galiano, quien está convencido que los registros de agentes inmobiliarios benefician a los consumidores y dan transparencia, información y confianza a los ciudadanos.
Sin embargo, el Consejo General API teme que aquellos registros que son de carácter voluntario, como los de Navarra o Madrid, no lleguen a lograr con celeridad y firmeza los objetivos previstos de seguridad jurídica y protección al ciudadano, pues no impedirán que todo tipo de personas llegadas al mundo inmobiliario sin formación previa, puedan campar a sus anchas y seguir generando riesgo jurídico y económico. Por ello, solicita a las administraciones autonómicas que los registros de agentes inmobiliarios sean de inscripción obligatoria para quien ejerce la actividad.
En este sentido, el presidente del Consejo General API, Diego Galiano, apuesta por unificar en lo posible los requisitos que se solicitan en los distintos registros autonómicos y pide que sean obligatorios en todos los casos. “Los registros voluntarios son un primer paso positivo que orientarán a los ciudadanos a profesionales responsables y seguros que se hayan inscrito, pero no dan respuesta al problema global que existe en este país en materia de servicios inmobiliarios”, señala. “Desde el momento en que se permita la venta de inmuebles en una zapatería o en la peluquería, el riesgo del ciudadano no desaparece”.
Finalmente, subyace que la vivienda es un bien jurídico digno de la máxima protección y que tiene reconocida una función social, y los poderes públicos deben velar por ello. Las estafas y los fraudes se producen porque no hay ningún control. Esta es la denuncia que vienen formulando los API en defensa de la ciudadanía.
El Consejo General API afirma que solo los registros obligatorios de agentes inmobiliarios cumplirán la misión completa. “Han pasado casi 18 años desde la total desregulación de este sector y desde entonces ha habido numerosos problemas para los verdaderos profesionales y para los consumidores, que han tenido que tratar con supuestos agentes sin la cobertura de un seguro o que desaparecen de la noche a la mañana sin dejar rastro, frustrando las expectativas del cliente”, explica.
La aspiración de los API va más allá, pretendiendo que en este país se vuelva a reconocer un título oficial API, no exclusivo ni excluyente, pero que unifique al cuerpo inmobiliario, así como que se apruebe una ley de intermediación inmobiliaria. Pero mientras eso llega, es muy positivo que todas las comunidades autónomas legislen en protección básica a consumidores de vivienda, ya que no tiene sentido que un consumidor cuente con esta garantía en Madrid y que carezca de ella a sólo unos kilómetros, en Segovia o en Toledo.