En el Ministerio de Economía y Competitividad han firmado el convenio representantes de los departamentos de Economía, Fomento y Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, así como de la Federación Española de Municipios y Provincias, del Tercer Sector de Acción Social y de las entidades bancarias.
La secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Susana Camarero, ha participado en la firma de un convenio que, entre sus múltiples ventajas, permite dar cumplimiento a uno de los aspectos fundamentales del reciente Plan Integral de Apoyo a la Familia, al igual que hace más relevantes las aportaciones y el papel de las entidades del Tercer Sector de Acción Social. Así, por ejemplo, las entidades de crédito, aparte de llegar a acuerdos con ayuntamientos y diputaciones provinciales, podrán alcanzarlos con las organizaciones integradas en la Plataforma del Tercer Sector. Éstas, a su vez, podrán verificar que los solicitantes cumplen las condiciones para acceder a las viviendas del Fondo y podrán dar prioridad a algunas solicitudes en función de la situación social de las personas o familias que las cursen.
Las viviendas, en definitiva, estarán disponibles exclusivamente para aquellas familias o personas que hayan perdido su vivienda como consecuencia del impago de un préstamo hipotecario concedido por una entidad de crédito. Se dará prevalencia a las circunstancias sociales de ciudadanos y de familias afectados por la crisis en mayor medida, debido a la caída de sus ingresos durante los últimos años.
Así, para acceder a las viviendas del Fondo se establece una serie de criterios, como que sean bajos los ingresos del solicitante o de los miembros de su unidad familiar, (es decir, que no superen el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM) o bien, entre otros:
- Tener hijos menores de edad.
- Ser unidad familiar monoparental con dos o más hijos a cargos.
- Ser familia numerosa.
- Que en su unidad familiar haya alguna persona con una discapacidad, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite para desempeñar una actividad laboral.
- Que en su unidad familiar el deudor hipotecario haya perdido su vivienda y se encuentre en desempleo y haya acabado las prestaciones derivadas de ello.
- Ser víctima de violencia de género o que en su unidad familiar haya una víctima de violencia de género.
- Que sea persona en situación de dependencia o de discapacidad para el que tener la vivienda es un activo indispensable en aras de su inclusión social y autonomía.
- Que se haya prejubilado o jubilado, y que mediante aval haya asumido la deuda de sus hijos o nietos.
- Que presente cualquier otra circunstancia de vulnerabilidad social acreditada por los servicios sociales o por las organizaciones de la Plataforma del Tercer Sector.
En el convenio firmado se han añadido, como posibles circunstancias que permiten acceder a una vivienda del Fondo:
- Ser mayor de 60 años.
- Ser parte de un matrimonio sin hijos (y se cumplan los demás requisitos tipificados en el Convenio).
- Ser deudor no hipotecario (y cumpla los demás requisitos).
El FSV se creó en enero de 2013 con 5.892 viviendas disponibles, aportadas por los bancos, con el fin de dar asistencia a las familias más vulnerables mediante alquileres reducidos (entre 150 y 400 euros al mes, con un límite máximo del 30% de los ingresos de la unidad familiar). El Gobierno ha prorrogado dicho proyecto hasta enero de 2017.
(LaMoncloa)