Alertas Jurídicas domingo , 22 diciembre 2024
 NOTA IMPORTANTE
Inicio » Fiscal » Repercusiones de la actualización de los valores catastrales
Repercusiones de la actualización de los valores catastrales

Repercusiones de la actualización de los valores catastrales

Por David García Vázquez. Responsable Fiscal de Ayming

 

Los coeficientes de actualización de los valores catastrales aprobados el pasado 3 de diciembre van a variar desde el 0,87 al 1,08. Además, se prevé que esta medida afecte a casi 2.500 municipios de toda España. Analizamos las consecuencias fiscales de esta actualización.

 

  1. El Real Decreto-Ley 3/2016
  2. Impuestos afectados
  3. Conclusiones

 

El Real Decreto-Ley 3/2016

Tras la aprobación el 3 de diciembre del 2016 del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social, se establecen unos coeficientes de actualización de los valores catastrales en función de la entrada en vigor de las distintas ponencias de valores que regula dicho valor catastral de los bienes inmuebles. Ponencias éstas que han entrado en vigor desde el año 1984 al 2011 y cuyos coeficientes de actualización van a variar desde el 0,87 al 1,08. Esta medida va afectar a unos 2.452 municipios en toda España, según se recoge en la página web corporativa de nuestro gobierno. Normalmente este tipo de actualización se realiza en la propia Ley de Presupuestos del Estado. Este año, ante la falta de aprobación de la misma, se ha decidido introducirla por medio de un Real Decreto Ley.

La aprobación de estos coeficientes de actualización de los valores catastrales para 2017 supone una medida que tiene una repercusión inmediata en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, ya que dicho impuesto se devenga el 1 de enero de cada año natural. Así, si tenemos un contribuyente que tiene un bien urbano en un municipio cuya ponencia de valores es del año 2000 (cuyo coeficiente de actualización catastral es de 1,04) y cuyo valor catastral es de 200.000 euros (suponiendo un tipo de gravamen del 0,075), va a pagar 60 euros más respecto al año 2016.

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a la Revista Inmueble desde

4.90€/mes+ IVA

Lo quiero

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a la Revista Inmueble desde

4.90€/mes+ IVA

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

La exención por reinversión de la vivienda habitual en casos de separación o divorcio

La exención por reinversión de la vivienda habitual en casos de separación o divorcio

AUTOR: Ignacio Mendaro, asesor fiscal en Martín Molina EN BREVE: Según Tributos, la expresión reglamentaria «circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio» comporta una obligatoriedad en dicho cambio DESTACADOS: La expresión reglamentaria «circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio» comporta una obligatoriedad en dicho cambio tal como es interpretada por la Dirección General de Tributos En aquellos supuestos ... Leer Más »

Impuesto de plusvalía: ¿qué dice la sentencia del TC sobre el cálculo de la base imponible?

Impuesto de plusvalía: ¿qué dice la sentencia del TC sobre el cálculo de la base imponible?

AUTORA: Eva María Hernández Ramos, presidenta Instituto Alana y socia fundadora Alvis Ekosystem EN BREVE: El legislador debe llevar a cabo las modificaciones o adaptaciones pertinentes en el régimen legal del impuesto para adecuarlo a las exigencias del art. 31.1 CE puestas de manifiesto en todos los pronunciamientos constitucionales SUMARIO: Introducción Antecedentes jurisprudenciales de la prohibición de confiscatoriedad: Análisis actual ... Leer Más »

Modificaciones en la fiscalidad inmobiliaria introducidas por el Proyecto de Ley de medidas contra el fraude fiscal

Modificaciones en la fiscalidad inmobiliaria introducidas por el Proyecto de Ley de medidas contra el fraude fiscal

AUTOR: Gerard Aguilar Navarro, abogado. Director de fiscalidad en TECNOTRAMIT EN BREVE: Después de su aprobación por el Congreso de los Diputados, en fecha 4 de junio de 2021, se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, ... Leer Más »

Impago del IBI como motivo de la acción resolutoria del contrato de arrendamiento

Impago del IBI como motivo de la acción resolutoria del contrato de arrendamiento

SECCIÓN: FISCAL AUTOR: Antonio Velázquez, Director en Velázquez de Soto EN BREVE: Aunque en la práctica inmobiliaria diaria se debata, de manera abstracta, la legitimación para pactar en un contrato de arrendamiento que el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) sea a cargo de los arrendatarios, lo cierto es que el impago de este impuesto sí constituye motivo legítimo ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Revista Inmueble