Por David García Vázquez. Responsable Fiscal de Ayming
Los coeficientes de actualización de los valores catastrales aprobados el pasado 3 de diciembre van a variar desde el 0,87 al 1,08. Además, se prevé que esta medida afecte a casi 2.500 municipios de toda España. Analizamos las consecuencias fiscales de esta actualización.
- El Real Decreto-Ley 3/2016
- Impuestos afectados
- Conclusiones
El Real Decreto-Ley 3/2016
Tras la aprobación el 3 de diciembre del 2016 del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social, se establecen unos coeficientes de actualización de los valores catastrales en función de la entrada en vigor de las distintas ponencias de valores que regula dicho valor catastral de los bienes inmuebles. Ponencias éstas que han entrado en vigor desde el año 1984 al 2011 y cuyos coeficientes de actualización van a variar desde el 0,87 al 1,08. Esta medida va afectar a unos 2.452 municipios en toda España, según se recoge en la página web corporativa de nuestro gobierno. Normalmente este tipo de actualización se realiza en la propia Ley de Presupuestos del Estado. Este año, ante la falta de aprobación de la misma, se ha decidido introducirla por medio de un Real Decreto Ley.
La aprobación de estos coeficientes de actualización de los valores catastrales para 2017 supone una medida que tiene una repercusión inmediata en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, ya que dicho impuesto se devenga el 1 de enero de cada año natural. Así, si tenemos un contribuyente que tiene un bien urbano en un municipio cuya ponencia de valores es del año 2000 (cuyo coeficiente de actualización catastral es de 1,04) y cuyo valor catastral es de 200.000 euros (suponiendo un tipo de gravamen del 0,075), va a pagar 60 euros más respecto al año 2016.
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