Antes de contratar un seguro de vida cuando nos dan la hipoteca, hay que tener en cuenta una serie de aspectos para evitar que la póliza contratada sea más cara.
Cuando firmamos una hipoteca, nuestras entidades financieras suelen sugerirnos contratar un seguro de vida para proteger el préstamo que hemos realizado con nuestro banco. Generalmente, este tipo de productos son una garantía habitual que los bancos solicitan tras la concesión de una hipoteca pero no es ni obligatorio ni que se imponga la contratación de la misma en la entidades financiera a la que estamos suscritos.
Desde Ibervida, se señala una serie de aspectos a tener en cuenta antes de contratar una póliza de seguro. En primer lugar, está prohibido por ley que se imponga y obligue la contratación de un seguro con una compañía determinada. El seguro de vida sólo será obligatorio si lo expresa en la escritura de la hipoteca.
De esta forma, Víctor Gómez, fundador de Ibervida, señala que aproximadamente en 2018 se firmarán 350.000 hipotecas, de los que tan sólo un 30% serán contratados a través de compañías ajenas. El informe elaborado por Global Actuarial e INESE llamado «Estudio comparativo de primas de seguro de vida riesgo 2017» indica que las pólizas contratadas a través de una entidad bancaria son un poco más de 48% más caras que las suscritas a través de otros canales.
En segundo lugar, se recomienda que no se oculte ningún dato en la solicitud que pueda ser relevante para la compañía, bien de salud o de la profesión. Además, puede darse exclusiones en los seguros por lo que es importante fijarse en ellos.
Y en tercer lugar, se incide en tener claro que la figura principal son los beneficiarios, que normalmente suelen ser de la familia, por lo que previamente a la contratación hay que pensar sobre la situación personal y familiar.