AUTOR: Redacción editorial Economist & Jurist.
EN BREVE:
El Juzgado de Primera Instancia nº 20 de Barcelona ha estimado en su reciente sentencia 1/2021, de 8 de enero, una demanda de revisión o adaptación de contrato de arrendamiento de industria hotelera y ha declarado que procede la reducción de renta del 50% con efectos desde el 1 de abril de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021.
DESTACADOS:
- “Por ello, la buena fe y el principio de equidad justifica una alteración de lo pactado en aplicación de la cláusula rebus sic stantibus”, zanja la Magistrada-Jueza”.
- “Debemos destacar que, aunque la sentencia no haga especial énfasis, estamos ante un arrendamiento de industria y no de finca urbana, en el que el arrendador no solamente cede la finca sino también el negocio hotelero”.
- “La sentencia no es firme y nos podemos encontrar en los próximos meses con un goteo de sentencias aparentemente contradictorias entre sí”.
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