AUTOR: David Viladecans Jiménez, director del área de Asesoría Jurídica en Tecnotramit
EN BREVE:
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha resuelto la segunda cuestión prejudicial planteada por el Magistrado Juez titular del Juzgado de Primera instancia nº 38 de Barcelona sobre el IRPH. Ha sido mediante Auto dictado por la Sección 9ª del TJUE de fecha 17 de noviembre de 2021 (asunto C-655/20).
DESTACADOS:
- Cabe destacar que la cuestión prejudicial se ha resuelto por medio de Auto y no de Sentencia
- El TJUE entiende que las dudas relativas a la transparencia de la cláusula que establece como tipo de interés variable el IRPH ya fueron resueltas por la Sentencia de fecha 3 de marzo de 2020
- Esta resolución del TJUE ha supuesto un claro apoyo a la doctrina de la Sala Primera del Tribunal Supremo en su doctrina sentada en noviembre de 2020
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