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Plan Estatal del fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016

Plan Estatal del fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016

 

El Plan Estatal de la Vivienda contempla siete programas:

1) Programa de subsidiación de préstamos convenidos:

La subsidiación es una ayuda que se descuenta de la cuota del préstamo hipotecario.

Se mantienen las ayudas de subsidiación concedidas en aplicación de planes de vivienda anteriores, para ayudar a los deudores hipotecarios con menos recursos a hacer frente a las obligaciones de sus préstamos.

2) Programa de ayuda al alquiler:

El objetivo de este programa es facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler a sectores de población que tengan dificultades económicas.

Como beneficiarios figuran las personas físicas mayores de edad con un límite de ingresos inferior a 3 veces el IPREM (22.365,42€), modulable según el nº de miembros y composición de la unidad de convivencia, lo que asegura que accedan a la ayuda las familias más necesitadas. El alquiler mensual debe ser igual o inferior a 600 €.

Las ayudas serán de hasta el 40% de la renta del alquiler, con un límite de 2.400 € anuales por vivienda y un plazo máximo de 12 meses prorrogable hasta el final del Plan. Tendrán preferencia las personas afectadas en los procedimientos de desahucios.

3) Programa de fomento del parque público de vivienda en alquiler:

Este programa tiene por objeto la creación de un parque público de vivienda protegida para alquiler sobre suelos o edificios de titularidad pública. Como beneficiarios figuran las Administraciones públicas, organismos públicos, fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública, ONG y empresas privadas con derecho de superficie.

Las ayudas alcanzarán un máximo de 250€ por m2 útil de la vivienda en proporción a la superficie de la misma, de hasta el 30% del coste de la edificación con un límite máximo de 22.500€ por vivienda.

Dentro del programa figuran viviendas de alquiler en rotación: para unidades de convivencia con rentas hasta 1,2 (8.946,17€) veces el IPREM. El precio del alquiler no podrá superar 4,7 € mensuales/m2 útil; y viviendas de alquiler protegido: para unidades de convivencia con ingresos entre 1, 2 y 3 veces el IPREM (entre 8.946,17 y 22.365,42€).

El precio del alquiler no podrá superar 6€ mensuales/m2 útil. Al menos el 50% han de ser viviendas de alquiler en rotación.

4) Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria:

Este programa está orientado al impulso de las actuaciones de intervención en edificios e instalaciones para mejorar su estado de conservación, garantizar la accesibilidad y mejorar la eficiencia energética. Los inmuebles, deberán tener una antigüedad anterior a 1981 y al menos el 70% de su superficie debe tener uso residencial de vivienda y constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.

Como beneficiarios figuran comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de viviendas.

Las ayudas serán de hasta 4.000€ por vivienda para conservación; hasta 2.000€ por vivienda para mejora de la eficiencia energética (5.000€ si se reduce en un 50% la demanda energética del edificio); hasta 4.000€ por vivienda para mejora de accesibilidad. La cuantía no podrá superar el 35% del presupuesto; excepcionalmente en el caso de mejora de la accesibilidad el 50% y en todo caso 11.000€ como máximo por vivienda.

5) Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana:

El objetivo de este programa es la financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios y viviendas, de urbanización o reurbanización del espacio público o de edificación en sustitución de edificios demolidos, dentro de un ámbito delimitado: mínimo 100 viviendas, salvo excepciones (Ej: cascos históricos o núcleos rurales).

Podrán beneficiarse del mismo quienes asuman la responsabilidad de la ejecución integral del ámbito de actuación: Administraciones Públicas, comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades, consorcios, entes o empresas privadas.

Las ayudas serán un máximo del 35% del presupuesto, con un tope de:

-Hasta 11.000€ por vivienda rehabilitada,

-Hasta 30.000€ por vivienda construida en sustitución de otra demolida

-Hasta 2.000€ por vivienda para la obra de urbanización.

-Se podrán añadir 4.000€ anuales (máximo 3 años) por unidad de convivencia a realojar.

6) Programa de implantación del informe de evaluación de Edificios

El IEE es un informe regulado en la Ley 8/2013, de 26 de junio que analiza el estado de conservación, accesibilidad y la eficiencia energética del edificio.

El objeto de este programa es dar un impulso a la implantación y generalización de un Informe de evaluación de los edificios (IEE) que incluya el análisis de las condiciones de accesibilidad, eficiencia energética y estado de conservación, mediante una subvención que cubra parte de los gastos de los honorarios profesionales por su emisión.

Podrán beneficiarse del mismo las comunidades de vecinos, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos que realicen el informe de evaluación antes de que finalice el año 2016.

Se concederá una ayuda de 20€ por vivienda con un máximo de 500€ por edificio y del 50% del coste del informe del edificio.

7) Programa de fomento de ciudades sostenibles y competitivas

Este programa tiene por objeto la financiación de la ejecución de proyectos de especial transcendencia: Mejora de barrios, Centros y Cascos históricos, sustitución de infraviviendas, Eco-barrios y zonas turísticas.

Como beneficiarios figuran las administraciones públicas territoriales, propietarios de edificios de viviendas, comunidades de propietarios, consorcios, entes asociativos de gestión.(LaMoncloa)

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