Por Guzmán López y Miguel. Director del Área de Derecho Inmobiliario y Urbanismo ADARVE ABOGADOS SLP
1. Introducción
La sentencia del Tribunal Supremo de 30 de mayo de 2014 (recurso en interés de ley nº 2362/2013) causó un gran revuelo en los Ayuntamientos y entre los propietarios que desde hace años son titulares de suelo urbanizables que carecen de planeamiento de desarrollo y no están urbanizados, pero que vienen pagando como si fueran suelos urbanos ya plenamente desarrollados.
Dicha sentencia se dictó como consecuencia del recurso del Abogado del Estado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (Sala de lo Contencioso-administrativo) de 26 de marzo de 2013.
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