ESTADO
HOMOLOGACIÓN DE PRODUCTOS
REAL DECRETO 442/2007, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE DEROGAN DIFERENTES DISPOSICIONES EN MATERIA DE NORMALIZACIÓN Y HOMOLOGACIÓN DE PRODUCTOS INDUSTRIALES. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO DE 1 DE MAYO DE 2007. Debido a la entrada en vigor del marcado CE para algunos productos, el ministerio deroga total o parcialmente varias disposiciones: 1.- Orden de 13 de marzo de 1986, por la que se declaran de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de los tipos de blindajes transparentes o translúcidos para su homologación por el Ministerio de Industria y Energía; 2.- Real Decreto 1312/1986, de 25 de abril, por el que se declara obligatoria la homologación de los yesos y escayolas para la construcción, así como el cumplimiento de las especificaciones técnicas de los prefabricados y productos afines de yesos y escayolas y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía. Derogación parcial, sólo para los productos incluidos en las normas: aljez, UNE 102 001:86; yeso, UNE 102 010:86; escayola, UNE 102 011:86; y placas de cartón yeso, UNE 102 023:83 y; 3.- Orden de 14 de mayo de 1986 por la que se declaran de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de los aparatos sanitarios cerámicos para utilizar en locales de higiene corporal, cocinas y lavaderos para su homologación por el Ministerio de Industria y Energía. Derogación parcial, sólo para los inodoros cerámicos de la norma UNE 67 001:88
TIPOS DE INTERÉS PLAN DE VIVIENDA
RESOLUCIÓN DE 20 DE ABRIL DE 2007, DE LA SUBSECRETARÍA, POR LA QUE SE DISPONE LA PUBLICACIÓN DEL ACUERDO DE CONSEJO DE MINISTROS DE 30 DE MARZO DE 2007, POR EL QUE SE REVISAN Y MODIFICAN LOS TIPOS DE INTERÉS EFECTIVOS ANUALES VIGENTES PARA LOS PRÉSTAMOS CUALIFICADOS CONCEDIDOS EN EL MARCO DE LOS PROGRAMAS 1992 Y 1995 (PLAN DE VIVIENDA 1992-1995), PROGRAMA 1998 (PLAN DE VIVIENDA 1996-1999) Y PLAN DE VIVIENDA 2002-2005. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO DE 5 DE MAYO DE 2007. Los préstamos del programa 1992 no se revisan y se mantiene el tipo vigente en el 4,08 por 100 el tipo de interés de los programas de 1995 y de 1998 se establece en el 4,18 por 100. Respecto a los préstamos del programa 2002-2005, el tipo de interés se fija en el 4,39 por 100.
RESOLUCIÓN DE 20 DE ABRIL DE 2007, DE LA SUBSECRETARÍA, POR LA QUE SE DISPONE LA PUBLICACIÓN DEL ACUERDO DE CONSEJO DE MINISTROS DE 30 DE MARZO DE 2007, POR EL QUE SE FIJA EL TIPO DE INTERÉS EFECTIVO ANUAL APLICABLE A LOS PRÉSTAMOS CONVENIDOS QUE SE CONCEDAN EN EL ¡MBITO DEL PLAN ESTATAL 2005-2008. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO DE 5 DE MAYO DE 2007. Se fija el tipo de interés efectivo anual aplicable a los préstamos convenidos a conceder por las entidades de crédito que hayan suscrito con el Ministerio de Vivienda los correspondientes convenios de colaboración del 4,35 por 100. El nuevo tipo de interés será de aplicación desde el primer vencimiento que se produzca, transcurrido un mes de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.
PUBLICIDAD SANCIONES POR INCUMPLIR LEY DE RIESGOS LABORALES
REAL DECRETO 597/2007, DE 4 DE MAYO, SOBRE PUBLICACIÓN DE LAS SANCIONES POR INFRACCIONES MUY GRAVES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO DE 5 DE MAYO DE 2007. El reglamento entrará en vigor el 25 de mayo. El procedimiento para hacer públicas las sanciones impuestas por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales se iniciará, de oficio, mediante propuesta contenida en acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. En dicha propuesta, así como en la resolución del órgano competente para resolver, deberá hacerse constar que dicha sanción será hecha pública. Una vez que las sanciones sean firmes, el órgano competente que dictó la primera resolución en el procedimiento, o, en su defecto, aquel que determine la Comunidad Autónoma, ordenará que se haga pública la sanción en el Boletín Oficial del Estado o de la Comunidad Autónoma.
La publicación incluirá, al menos, los siguientes datos: Nombre o razón social de la empresa sancionada. Sector de actividad a que se dedica. Número de Documento Nacional de Identidad de las personas físicas o Código de Identificación Fiscal de las personas jurídicas. Domicilio social. Infracción cometida. Sanción económica impuesta, incluyendo la cuantía de la misma, así como las demás sanciones impuestas con carácter principal o accesorio, si las hubiera. Fecha de extensión del acta de infracción. Fecha en la que la sanción adquiere firmeza.
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
ANDALUCÍA
EFICIENCIA ENERGÉTICA
LEY 2/2007, DE 27 DE MARZO, DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES Y DEL AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA DE ANDALUCÍA. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO DE 7 DE MAYO DE 2007 Se introduce una serie de medidas con la finalidad de fomentar el ahorro y la eficiencia energética en general. Creación del Certificado Energético, obligatorio a partir de un determinado nivel de consumo de energía, que será posteriormente desarrollado según el sector de actividad al que se aplique
BALEARES
LEY 1/2007, DE 16 DE MARZO, CONTRA LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA DE LAS ILLES BALEARS. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO DE 23 DE ABRIL DE 2007 El objeto de esta ley es regular las medidas necesarias para prevenir, vigilar y corregir la contaminación acústica, para evitar y reducir los daños que de ésta pueden derivarse para la salud humana, los bienes o el medio ambiente, así como regular las actuaciones específicas en materia de ruido y vibraciones. Se establece la obligatoriedad de incluir estudios de impacto acústico que deben acompañar los proyectos de actividades y de construcción de infraestructuras susceptibles de generar ruidos y vibraciones.
CATASTRO
RESOLUCIÓN DE 19 DE ABRIL DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CATASTRO, POR LA QUE SE PUBLICA EL CONVENIO CON EL COLEGIO OFICIAL DE GESTORES ADMINISTRATIVOS DE LAS ILLES BALEARS. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO DE 3 DE MAYO DE 2007 El convenio determina la colaboración entre la Dirección General del Catastro, a través de la Gerencia Regional del Catastro de Illes Balears y el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Illes Balears (en adelante Colegio), para el desarrollo de actuaciones dirigidas a facilitar a los ciudadanos la consulta y certificación de datos catastrales, así como la presentación de declaraciones ante el Catastro, en régimen de encomienda de gestión.
CONVENIOS COLECTIVOS
ALGECO CONSTRUCCIONES MODULARES SA.
RESOLUCIÓN DE 26 DE MARZO DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, POR LA QUE SE REGISTRA Y PUBLICA LA REVISIÓN SALARIAL DEL CONVENIO COLECTIVO DE ALGECO CONSTRUCCIONES MODULARES, S.A. UNIPERSONAL. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO DE 10 DE ABRIL DE 2007. Texto que revisa las tablas salariales de la empresa
TABLAS SALARIALES
RESOLUCIÓN DE 21 DE MARZO DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, POR LA QUE SE REGISTRAN Y PUBLICAN LAS TABLAS SALARIALES REVISADAS CORRESPONDIENTES AL 2006 Y LAS DEL 2007, DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LAS EMPRESAS DE GESTIÓN Y MEDIACIÓN INMOBILIARIA. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO DE 10 DE ABRIL DE 2007
CLASIFICACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN DE 12 DE MARZO DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, POR LA QUE SE REGISTRA Y PUBLICA EL CAPÍTULO DE CLASIFICACIÓN PROFESIONAL DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LA MADERA. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO DE 24 DE MARZO DE 2007. Norma que determina, entre otras, las condiciones necesarias para la existencia de grupo profesional, es decir, aptitudes profesionales, titulaciones y contenidos de la prestación, incluyendo en cada grupo diversas funciones y especialidades profesionales.
REVISIÓN SALARIAL
RESOLUCIÓN TRE/903/2007, DE 14 DE MARZO, POR LA QUE SE DISPONE LA INSCRIPCIÓN Y LA PUBLICACIÓN DEL ACUERDO DE REVISIÓN DEL IPC PARA EL AÑO 2006 DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE BARCELONA. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO DE 30 DE MARZO DE 2007. Convenio de ámbito provincial en el que se establece la revisión salarial.
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