ESTADO
Registro CTE
ORDEN VIV/1744/2008, de 9 de junio, por la que se regula el Registro General del Código Técnico de la Edificación. Boletín Oficial del Estado de 19 de junio de 2008. El Registro tiene carácter público e informativo y en él se inscribirán y harán públicos los Documentos Reconocidos del CTE. También podrán inscribirse los distintivos de calidad voluntarios de las características técnicas de los productos y equipos que se incorporen a los edificios; los sistemas de certificación de conformidad de las prestaciones finales de los productos, equipos o sistemas, o de los edificios acabados; las certificaciones de gestión de la calidad de los agentes que intervienen en la edificación; las certificaciones medioambientales del análisis del ciclo de vida de los productos y otras evaluaciones medioambientales de los edificios que faciliten el cumplimiento del CTE y que fomenten la mejora de la calidad de la edificación.
Cemento
REAL DECRETO 956/2008, de 6 de junio, por el que se aprueba la instrucción para la recepción de cementos (RC-08). Boletín Oficial del Estado de 19 de junio de 2008. Esta Instrucción regula la recepción de los cementos mediante la presentación por el suministrador, en el momento de su recepción, de la documentación que acredita bien el marcado CE o bien el cumplimiento del Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, por el que se declara obligatoria la homologación de los cementos destinados para la fabricación de hormigones y morteros para todo tipo de obras y productos prefabricados, según corresponda, y a la realización de una inspección visual del suministro.
Ley de Suelo
REAL DECRETO LEGISLATIVO 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo. Boletín Oficial del Estado de 26 de julio de 2008. Este texto no se trata de una nueva ley sino de un texto que aclara, regulariza y armoniza la terminología y el contenido dispositivo de varios textos legales adaptados a las competencias urbanísticas, de ordenación del territorio y de vivienda de las Comunidades Autónomas. De este modo, el objetivo final se centra en evitar la dispersión de normas y el fraccionamiento de las disposiciones que recogen la legislación estatal en la materia.
CCAA
ANDALUCÍA
Plan de vivienda
Decreto 395/2008, de 24 de junio, por el que se aprueba el Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 2 de julio de 2008. El Plan establece tres líneas principales en la política de vivienda y suelo. La primera es el acceso a la vivienda de las ciudadanas y ciudadanos con residencia administrativa en Andalucía, ya sea en régimen de propiedad o de alquiler. Una segunda línea es la rehabilitación del parque residencial existente. Y la tercera línea en materia de suelo, estableciendo distintas medidas para fomentar la disponibilidad de suelo urbanizado con destino a la construcción de viviendas protegidas.
BALEARES
Vivienda Pública
Ley 5/2008, de 14 de mayo, de actuaciones urgentes destinadas a la obtención de suelo para viviendas de protección pública. Boletín Oficial del Estado de 14 de junio de 2008. Esta ley regula la planificación y la ejecución de actuaciones cuyo objeto directo es conseguir de una manera extraordinaria y urgente suelo urbanizado destinado a la construcción de viviendas sometidas a un régimen de protección pública o de precio tasado, a fin y efecto de facilitar y posibilitar el derecho constitucional de todos los ciudadanos a tener una vivienda digna, adecuada y accesible, partiendo de una política pública de transformación del suelo de acuerdo con el interés general y el desarrollo sostenible.
CANTABRIA
Registro subcontratación
Decreto 65/2008, de 3 de julio de 2008 por el que se crea el Registro de Empresas Acreditadas como Contratistas o Subcontratistas del Sector de la Construcción de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Boletín Oficial de Cantabria de 8 de julio de 2008. Este Registro tiene como fin garantizar que las empresas que operan en el sector de la construcción cumplen los requisitos de capacidad y de calidad establecidos en la Ley 32/2006. En el caso de inscripción en el Registro, se emitirá el certificado de inscripción, asignándose la correspondiente clave individualizada de identificación registral, que estará formada por un total de once dígitos: Los dos primeros serán identificativos de la autoridad laboral competente, correspondiendo a la Comunidad Autónoma de Cantabria los dígitos «06», los dos siguientes serán «39» y los siete últimos recogerán el número de orden de inscripción asignado a cada empresa.
Galicia
Ordenación urbanística
Ley 6/2008, de 19 de junio, de medidas urgentes en materia de vivienda y suelo, por la que se modifica la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia. Diario Oficial de Galicia de 30 de junio de 2008. La presente reforma legal pretende tres grandes tipos de medidas: 1) la creación, por primera vez en Galicia, de una red autonómica de suelos dotacionales para vivienda pública; 2) el incremento de las reservas de suelo para viviendas protegidas, adaptando, por una parte, la legislación gallega al nuevo marco normativo estatal, pero dotándola también de previsiones específicas para atender a la demanda de este tipo de viviendas en los grandes municipios gallegos, y 3) el establecimiento o reforzamiento de una serie de medidas para que los ayuntamientos pongan en marcha los instrumentos de intervención en el mercado del suelo contemplados en la ley.
Incidencia ambiental
Decreto 133/2008, de 12 de junio, por el que se regula la evaluación de incidencia ambiental. Diario Oficial de Galicia de 1 de julio de 2008. El procedimiento de evaluación de incidencia ambiental tiene por objeto la emisión del dictamen de incidencia ambiental como trámite previo para el otorgamiento de la correspondiente licencia de actividad. La aplicación del principio de prevención implica una evaluación previa de todos los proyectos, obras y actividades que sean susceptibles de afectar al medio ambiente, a través de un procedimiento que posibilita la introducción de medidas correctoras y facilita la subsiguiente vigilancia y control.
LA RIOJA
Registro de empresas
Decreto 46/2008, de 4 de julio, por el que se crea el Registro de Empresas Acreditadas en La Rioja del Sector de la Construcción. Boletín oficial de La Rioja de 5 de julio de 2008. Este Registro tiene como fin garantizar que las empresas que operan en el sector de la construcción de La Rioja cumplen los requisitos de capacidad y de calidad establecidos en la Ley 32/2006. El Registro servirá para acreditar que las empresas contratistas y subcontratistas en el sector de la construcción han aportado los datos y documentos exigibles sobre su solvencia, que disponen de una organización preventiva adecuada y de unos recursos humanos con la formación necesaria en materia de prevención de riesgos laborales. La inscripción tendrá validez por un período de tres años, renovables por períodos iguales.
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