Alertas Jurídicas martes , 3 diciembre 2024
 NOTA IMPORTANTE
Inicio » Fiscal » La responsabilidad de los adquirentes de inmuebles por deudas de I.B.I.

La responsabilidad de los adquirentes de inmuebles por deudas de I.B.I.

Los profesionales del asesoramiento fiscal nos hemos encontrado, en varias ocasiones, durante la tramitación las operaciones de compra-venta de inmuebles, con la situación que se expone a continuación: Una vez otorgada la correspondiente escritura pública notarial y finalizada la operación de compraventa, puestos en contacto con la Hacienda local competente a efectos de comunicar dicha transmisión, ésta nos comunica la existencia de deudas pendientes de liquidar por parte del transmitente correspondientes al Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Es decir, en numerosas ocasiones, los asesores nos encontramos con la desagradable sorpresa de que, una vez realizada la compraventa y liquidado su importe, el titular del inmueble a 1 de enero del año en curso no ha abonado las liquidaciones practicadas por el Ayuntamiento en concepto del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, correspondientes a ese ejercicio o a varios de los anteriores. Por tanto, se plantea la cuestión: ¿el adquirente o comprador, como nuevo propietario, debe hacerse cargo del pago de los recibos pendientes del impuesto, cuando no era titular del inmueble en la fecha de devengo del mismo, y, por tanto, no le correspondería? Debe tenerse en cuenta que el importe de las deudas pendientes, en función del valor catastral de la vivienda, o de si ha existido una última revisión del mismo, sumado al resto de impuestos que gravan la operación de compraventa de inmuebles, puede suponer un incremento importante de la suma final a ingresar.

#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}

#cortardivhglobal{display: none !important;}

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a la Revista Inmueble desde

4.90€/mes+ IVA

Lo quiero

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a la Revista Inmueble desde

4.90€/mes+ IVA

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

La exención por reinversión de la vivienda habitual en casos de separación o divorcio

La exención por reinversión de la vivienda habitual en casos de separación o divorcio

AUTOR: Ignacio Mendaro, asesor fiscal en Martín Molina EN BREVE: Según Tributos, la expresión reglamentaria «circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio» comporta una obligatoriedad en dicho cambio DESTACADOS: La expresión reglamentaria «circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio» comporta una obligatoriedad en dicho cambio tal como es interpretada por la Dirección General de Tributos En aquellos supuestos ... Leer Más »

Impuesto de plusvalía: ¿qué dice la sentencia del TC sobre el cálculo de la base imponible?

Impuesto de plusvalía: ¿qué dice la sentencia del TC sobre el cálculo de la base imponible?

AUTORA: Eva María Hernández Ramos, presidenta Instituto Alana y socia fundadora Alvis Ekosystem EN BREVE: El legislador debe llevar a cabo las modificaciones o adaptaciones pertinentes en el régimen legal del impuesto para adecuarlo a las exigencias del art. 31.1 CE puestas de manifiesto en todos los pronunciamientos constitucionales SUMARIO: Introducción Antecedentes jurisprudenciales de la prohibición de confiscatoriedad: Análisis actual ... Leer Más »

Modificaciones en la fiscalidad inmobiliaria introducidas por el Proyecto de Ley de medidas contra el fraude fiscal

Modificaciones en la fiscalidad inmobiliaria introducidas por el Proyecto de Ley de medidas contra el fraude fiscal

AUTOR: Gerard Aguilar Navarro, abogado. Director de fiscalidad en TECNOTRAMIT EN BREVE: Después de su aprobación por el Congreso de los Diputados, en fecha 4 de junio de 2021, se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, ... Leer Más »

Impago del IBI como motivo de la acción resolutoria del contrato de arrendamiento

Impago del IBI como motivo de la acción resolutoria del contrato de arrendamiento

SECCIÓN: FISCAL AUTOR: Antonio Velázquez, Director en Velázquez de Soto EN BREVE: Aunque en la práctica inmobiliaria diaria se debata, de manera abstracta, la legitimación para pactar en un contrato de arrendamiento que el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) sea a cargo de los arrendatarios, lo cierto es que el impago de este impuesto sí constituye motivo legítimo ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Revista Inmueble