El Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de El Ferrol tendrá que confirmar el fallo.
«La exención del impuesto sobre bienes inmuebles anteriormente descrita puede constituir una ayuda de Estado, prohibida con arreglo a esa disposición», asegura la sentencia del Tribunal en respuesta a una pregunta planteada por el Juzgado de El Ferrol.
El litigio se inició por la respuesta negativa que el Ayuntamiento de Ferrol dio a las peticiones presentadas a partir del año 2008 por el Estado español y Navantia para la exención del IBI que gravaba la parcela en la que está situado el astillero de Navantia en Ferrol. Hasta el ejercicio fiscal 2007 se había pagado y su importe se elevaba a 590.308 euros.
El caso acabó ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que en 2012 dictaminó que procedía conceder la exención fiscal solicitada y devolvió el asunto al juzgado de El Ferrol, que se dirigió entonces al TJUE.
Finalmente, el fallo señala que la exención fiscal «puede afectar a los intercambios comerciales entre los Estados miembros y falsear la competencia. «El sector de la construcción naval es un mercado abierto a la competencia y a los intercambios comerciales entre los Estados miembros, en el que Navantia compite con otras empresas en las actividades que desarrolla, tanto civiles como militares», apunta el TJUE.