Alertas Jurídicas viernes , 3 mayo 2024
 NOTA IMPORTANTE
Inicio » Noticias » La justicia catalana anula la tasa del Ayuntamiento de Barcelona sobre los pisos vacíos

La justicia catalana anula la tasa del Ayuntamiento de Barcelona sobre los pisos vacíos

El gravamen, que ha tumbado el TSJ Catalunya, consistía en que los inmuebles de grandes tenedores que llevaran más de dos años desocupados pagaran 633 euros, lo que dice el Ayuntamiento que cuesta comprobar si está vacío. La Asociación Española de Banca (AEB) presentó un recurso contra la tasa y el TSJC ha sentenciado que el Ayuntamiento no tiene competencias para regularla.

La intención del Ayuntamiento era que los propietarios de esos pisos pusieran sus casas en el mercado del alquiler a través de su programa «Tu tens la clau» (tú tienes la clave/llave). Para lograr seducir a los dueños y que cediesen sus viviendas, el Ayuntamiento ofrecía una ayuda de hasta 15.000 euros para rehabilitar el inmueble, y una garantía de cobro del alquiler a cambio de que lo pusieran en el mercado.

Pero esas ayudas solo se ofrecían a los pequeños propietarios. En el caso de los grandes tenedores, recibirían una carga fiscal por cada piso vacío, por un tiempo superior a dos años, de 633 euros. Si la propiedad justificaba la situación, se le sumaba a la tasa 286 euros por cada nuevo requerimiento. El propio Ayuntamiento expresó que esta tasa se creó con el objetivo de costear la inspección y la tramitación de expedientes y sanciones, que hasta entonces iba a cargo del Consistorio.

A finales de noviembre dos entidades bancarias, BBVA y Santander, y Sareb recibieron una multa por tener pisos vacíos. Las entidades alegaron que los pisos por los cuales se les expedientaba fueron aportados a la Generalitat. Sareb, por su parte, recurrió la multa puesto que su intención y su razón de ser «es el de vender todas las viviendas vacías que recibieron» y no disponen de ellas «con una voluntad patrimonialista».

Ahora el Tribunal de Justicia de Cataluña ha respondido al recurso presentado por la AEB considerando que el Gobierno de la capital catalana ha excedido sus competencias implantando esta tasa. Según la sentencia, la posibilidad de crear este gravamen no está incluida en ninguno de los 28 grupos de prestación de servicios de competencia local de la Ley de Haciendas Locales, la otra ley que rige las viviendas aparte de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) estatal.

El Gobierno municipal, por su parte, ha declarado que recurrirá la sentencia del TSJC que anula la tasa. «Me parece auténticamente indecente que estén batallando por una tasa de 633 euros por piso vacío, cuando la banca ha recibido a lo largo de estos años más de 60.000 millones que han salido del bolsillo de la ciudadanía», ha expresado el teniente alcalde.

Gerardo Pisarello ha asegurado que la tasa es «absolutamente legal» pero que el Ayuntamiento no tiene competencias para cobrarla. Consideran desde el Gobierno municipal que la Carta Municipal de Barcelona le otorga «competencias cuando no las ejerce la administración que las tiene en primer lugar», en este caso la Generalitat, según declaraciones de Pisarello: «si el Ayuntamiento impulsó la tasa es porque la Generalitat no lo había hecho». Ha manifestado también que «seguirán haciendo todo lo posible para garantizar el derecho a la vivienda, pidiendo competencias y exigiendo responsabilidades».

Deja un Comentario

Tu dirección de email no será publicada.

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

España, primer país del mundo donde se realiza una compraventa inmobiliaria desde el móvil, gracias a la tecnología Smart contract

España, primer país del mundo donde se realiza una compraventa inmobiliaria desde el móvil, gracias a la tecnología Smart contract

La compraventa se firmó y pagó desde los teléfonos móviles del comprador y del vendedor La plataforma Pagoscertificados.com, desarrollada por la Abogacía Española, CTI Soluciones y CaixaBank, revoluciona la contratación digital permitiendo cerrar acuerdos online vinculados al pago de la cantidad pactada con máxima seguridad jurídica e inmediatez 2 de diciembre de 2021. España se posiciona a la vanguardia tecnológica ... Leer Más »

¿Es obligatorio el seguro de vida para una hipoteca?

¿Es obligatorio el seguro de vida para una hipoteca?

Si estás buscando financiación para la compra de tu próxima vivienda, es probable que quieras conocer más sobre los seguros que puedes contratar. El seguro de vida para una hipoteca o seguro de vida de amortización es uno de ellos. Este es un seguro de riesgo que cubre el monto del préstamo hipotecario, en caso de que el titular de ... Leer Más »

Los españoles compran un activo inmobiliario cada 17,5 años

Los españoles compran un activo inmobiliario cada 17,5 años

Este es el periodo de tiempo que transcurre desde que un comprador adquiere un inmueble, principalmente viviendas, hasta que decide comprar otro. Son datos del último informe del colectivo API de Catalunya. ¿Y cuánto se tarda en vender una vivienda? La mayoría de los agentes de la propiedad inmobiliaria afirma vender una residencia a los 3 meses desde que recibe ... Leer Más »

El precio medio del alquiler en España cae un 0,10% frente al año pasado

El precio medio del alquiler en España cae un 0,10% frente al año pasado

La superficie media del piso en alquiler fue de 108 metros cuadrados, con una renta media de 985 euros mensuales, cayendo un- 0,81% respecto al mes de octubre. Dos capitales superaron los 1.700 euros de renta media mensual: Madrid (1.761 €/m²) y Barcelona (1.745 €/m²). Murcia (7,80%) arrojó el mayor repunte de un año a otro. Muchos propietarios prefieren tener ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Revista Inmueble