Para los alquileres regidos por la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964.
Así lo determina el Alto Tribunal en una reciente sentencia, que el impago de la tasa de basuras por el arrendatario en alquileres regidos por la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964 es causa de resolución del contrato.
La sentencia, de la que ha sido ponente el presidente de la Sala, Francisco Marín Castán, desestima el recurso de la parte demandada, arrendataria en un contrato de arrendamiento de vivienda anterior a la LAU de 1964 contra la sentencia de la Sección 13ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, que declaró resuelto el contrato de arrendamiento que ligaba a las partes y condenó a la demandada a desalojar la vivienda y a pagar a la arrendadora la cantidad adeudada en concepto de tasa de basura.