Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso- Administrativo – 20/04/2015
Se declara que no ha lugar, por pérdida de objeto, al recurso de casación interpuesto contra sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de inadmisión de recurso contencioso adminisstrativo.
La Sala declara que la nulidad del procedimiento expropiatorio, acordada por la sentencia de 15 de abril de 2010, alcanza todos los actos posteriores a la citación para el levantamiento de las actas previas, lo que incluye por tanto el acuerdo del justiprecio del Jurado Provincial de Expropiación de Alicante, de donde se sigue que pierda su razón de ser la discusión sobre la determinación del justiprecio, a la que se refería el presente recurso de casación, que por ese motivo ha quedado vacío de contenido y sin objeto.
Puede leer el texto completo de la sentencia en www.ksp.es Marginal: 69338885