Por María Martín-Viveros García. Abogada y periodista
A través de esta sentencia, la Sala recuerda que la protección y presunción que establece el artículo 34 de la Ley Hipotecaria, la diligencia y buena fe que se exige al adquiriente, no puede plantearse respecto a cualquier defecto, vicio o indicio de la validez de la compra.
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