LEYES CONVENIOS Y SUBVENCIONES
LEYES
COMUNIDADES AUTONOMAS
ARAGÓN
Montes
LEY 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón. Boletín Oficial del Estado de 20 de febrero de 2007. Norma que desarrolla las competencias autonómicas en los planes de ordenación de los recursos forestales de ámbito comarcal y de los instrumentos de gestión de los montes , el cambio de uso forestal o la participación en los procedimientos de planeamiento urbanístico que afecten a montes, así como las actuaciones de defensa de la propiedad forestal catalogada: informes en procedimientos de inmatriculación de predios forestales, investigación, deslindes y amojonamientos de montes catalogados, inclusión o exclusión de montes en el catálogo y concesiones de uso privativo del dominio público forestal.
EXTREMADURA
Modificación del Plan de Vivienda
DECRETO 33/2007, de 6 de marzo, por el que se modifica el Decreto 33/2006, de 21 de febrero, de modificación y adaptación del Plan de Vivienda y Suelo de Extremadura 2004-2007. Diario Oficial de Extremadura de 13 de marzo de 2007. La finalidad del decreto es permitir un mejor y más sencillo acceso a determinadas líneas de ayudas a los ciudadanos que pretenden acceder a una vivienda digna.
En materia de ayudas a la autopromoción, se considera necesario modifica la exigencia de que el valor del suelo en que se pretende construir la vivienda protegida autopromovida no exceda del 20% del coste total de la construcción, cambiándola a un 40%.
NAVARRA
Ley Foral 1/2007, de 14 de febrero, de modificación de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, en materia de contratación local boletín Oficial de Navarra de 23 de febrero de 2007 Su objetivo primordial es adaptar las especialidades del ámbito de la contratación local a la nueva regulación general, adaptada a su vez a la nueva Directiva europea en materia de contratación pública
LA RIOJA
Vivienda
Ley 2/2007, de 1 de marzo, de Vivienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Boletín Oficial de la Rioja de 8 de marzo de 2007 Su finalidad es doble: esta Ley pretende, por un lado, regular los derechos y deberes de los promotores y adquirentes o usuarios de viviendas y, por otro, establecer el marco de referencia básico para la intervención de la Administración autonómica en materia de vivienda. Desde esta perspectiva, la norma integra desde la regulación de los parámetros básicos de calidad que deben ser tenidos en cuenta en la construcción de viviendas, hasta los principios que deben regir la protección pública a la vivienda, pasando por la regulación detallada de la enajenación y el arrendamiento de viviendas
CONVENIOS COLECTIVOS
Construcción
Resolución de 25 de enero de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Acuerdo sectorial nacional de la construcción para los años 2003 a 2006. Boletín Oficial del Estado de 8 de febrero de 2007
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