AUTOR: Miguel Ángel Domínguez Plata es asesor fiscal en Loreto Mutua
EN BREVE:
Con la realidad actual y el confinamiento aún presente en nuestra memoria, son muchas las personas que si no lo han hecho ya, están pensando en cambiar de vivienda habitual con el objetivo de paliar las deficiencias observadas en sus actuales viviendas. Todas estas personas deben de tener en cuenta la tributación que supondrá el cambio de vivienda, ya que en la actual ley de IRPF se contempla una exención que puede suponer un ahorro importante.
DESTACADOS:
- “Podrán excluirse de gravamen las ganancias patrimoniales obtenidas por la transmisión de la vivienda habitual del contribuyente”
- “Para aplicar la exención por reinversión no resulta preciso emplear en su totalidad el dinero obtenido de la venta de la anterior vivienda”
- “Se paralizaron los plazos para el cómputo del plazo de dos años previsto para la exención por reinversión de la vivienda habitual”
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