Alertas Jurídicas domingo , 24 noviembre 2024
 NOTA IMPORTANTE
Inicio » Editorial » Legislación

Legislación

ESTADO:

Renta básica de emancipación

Real Decreto 1260/2010, de 8 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, por el que se regula la renta básica de emancipación de los jóvenes. Boletín Oficial del Estado de  29 de octubre de 2010.

La experiencia adquirida en estos dos años y medio y la necesidad de avanzar por el camino de la consolidación fiscal, aconsejan agilizar la tramitación contable de las solicitudes presentadas, con el objeto último de extremar el cumplimiento de los principios de eficiencia en la asignación del gasto público y eficacia en la gestión de las ayudas.

Se trata de evitar que, una vez reconocido el derecho a la prestación, el incumplimiento imputable al beneficiario pueda paralizar indefinidamente el procedimiento de gestión del pago, bloqueando de esa manera la capacidad de maniobra en la tramitación administrativa y contable de las ayudas. Igualmente, se precisan con mayor claridad algunas actuaciones de los beneficiarios para facilitar su cumplimiento y la ejecución del presupuesto para el fin propuesto en cada ejercicio, evitando la paralización contable y el traslado de obligaciones a otros ejercicios, al mismo tiempo que se consigue la emancipación del mayor número de jóvenes posible.

En la tramitación se ha dado audiencia a las organizaciones y asociaciones reconocidas por la Ley que agrupan o representan a quienes resultan afectados por la disposición, y han sido consultadas las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla.

 

Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa

Real Decreto 1286/2010, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa. Boletín Oficial del Estado de  23 de octubre de 2010.

La disposición adicional quincuagésima primera de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, aprobó la refundición de los organismos autónomos Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas y Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, estableciendo que el nuevo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa como organismo resultante de la citada refundición asumiría las funciones, derechos y obligaciones de los dos organismos, remitiendo a un desarrollo posterior para la plena asunción y ejecución de sus competencias.

Así, el nuevo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa es el cauce apropiado para aunar esfuerzos en la gestión y enajenación del patrimonio inmobiliario propio y puesto a disposición de una forma integral y racional. Asimismo deberá continuar la enajenación tanto de aquellas viviendas militares inscritas, ya a favor de los extintos patronatos de casas militares del Ejército de Tierra, de casas de la Armada y de casas del Ejército del Aire, ya a favor del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, o cualquier otra que estuviere puesta a su disposición.

Índices de referencia para préstamos hipotecarios

Resolución de 2 de noviembre de 2010, del Banco de España, por la que se hacen públicos determinados índices de referencia oficiales para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de vivienda. Boletín Oficial del Estado de 3 de noviembre de 2010.

 

CCAA:

EXTREMADURA

Suelo y Ordenación Territorial

LEY 9/2010, de 18 de octubre, de modificación de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura. Boletín Oficial del Estado de 3 de noviembre de 2010.
 
La Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura (en adelante LESOTEX), supuso el ejercicio por la Comunidad Autónoma de Extremadura, por primera vez y en plenitud, de su competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio y urbanismo. La experiencia adquirida en el período de vigencia de la Ley aconsejan proceder a la actualización y adecuación a la nueva realidad de un número limitado de sus disposiciones con la finalidad de volver a poner a punto su capacidad de eficiente organización de los procesos de utilización del territorio y el suelo.

Las razones de la modificación legal: la adecuación, en el detalle, a las prescripciones del actual texto refundido de la Ley de Suelo, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio (en adelante TRDLdS08) y la actualización y adecuación a la realidad cambiante del sector inmobiliario de algunas técnicas instrumentales, así como la aclaración de algunas disposiciones que la experiencia muestra que han dado lugar a interpretaciones contradictorias.

Resolución de 26 de febrero de 2009, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, por la que se aprueba definitivamente la modificación puntual n.º 1 del Plan Parcial del Sector 3 del polígono industrial "Las Arenas" de Malpartida de Cáceres, que consiste en la modificación de las condiciones de separación a linderos y retranqueos, en parcelas en esquina y para naves aisladas. Bolétín Oficial de Extremadura de 27 de octubre de 2010

 

CATALUÑA

Observatorio del Hábitat y la Segregación Urbana

DECRETO 157/2010, de 2 de noviembre, de restructuración de la Secretaria de Vivienda, creación del Observatorio del Hábitat y la Segregación Urbana y aprobación de los Estatutos de la Agencia de la Vivienda de Cataluña. Diario Oficial de la Generalidad Catalana de 11 de noviembre de 2010.

La necesidad de tratar de forma articulada y coherente el crecimiento y la diversificación de las responsabilidades públicas en materia de vivienda ha llevado a la creación, en virtud de la Ley 13/2009, de 22 de julio, de la Agencia de la Vivienda de Cataluña. La Agencia nace al amparo de las competencias de la Generalidad en materia de vivienda, de acuerdo con lo que dispone el artículo 137 del estatuto de autonomía de Cataluña, como respuesta de la Generalidad a los retos actuales existentes en Cataluña sobre una materia tan estratégica como la vivienda, expresados en la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda, y en el Pacto nacional para la vivienda 2007-2016.

 

COMUNIDAD VALENCIANA

Plan General de Ordenación Urbana

Plan General de Ordenación Urbana de Sant Joan d’Alacant DECRETO 166/2010, de 15 de octubre, del Consell, por el que se prorroga la suspensión parcial de la vigencia del Plan General de Ordenación Urbana de Sant Joan d’Alacant. Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 18 de octubre de 2010.

Próxima la fecha de expiración de la prórroga de la suspensión del plan general sin que haya podido aprobarse definitivamente el nuevo plan general y con el fin de preservar, en lo posible, la situación actual y evitar actuaciones que pudieran resultar, en el futuro, incompatibles con los objetivos del mismo y, por consiguiente, contrarias y perjudiciales para el interés público, el Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant, mediante acuerdo plenario de 4 de octubre de 2010, ha acordado solicitar al Consell que, por decreto, «conceda una prórroga modificativa de la suspensión parcial de la vigencia de su planeamiento, hasta la entrada en vigor del nuevo plan general que se está tramitando», en las zonas determinadas en el propio escrito de solicitud y recogidas en el presente decreto, dado que en el resto del municipio no existen contradicciones sustanciales entre el plan general vigente y el que se está tramitando.

ANDALUCÍA

Plan General de Ordenación Urbanística

Resolución de 13 de agosto de 2010, de la Delegación Provincial de Huelva, referente al expediente que se cita, por la que se subsana, inscribe y publica la modificación núm. 1 del Plan General de Ordenación Urbanística de Cumbres de Enmedio. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 25 de octubre de 2010.

Para general conocimiento se hace pública la Resolución de la Delegación Provincial de Huelva de la Consejería de Obras Publicas y Vivienda, de 13 de agosto de 2010, en relación con la Modificación núm. 1 del Plan General de Ordenación Urbanística de Cumbres de Enmedio. Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se comunica que con fecha 13 de agosto de 2010, se ha procedido al depósito del instrumento de Planeamiento de referencia en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados dependiente de la Consejería de

Valoración de los terrenos

Orden FOM/2947/2010, de 30 de septiembre, por la que se aprueba la valoración de los terrenos y lámina de agua de la zona de servicio del puerto de Almería. Boletín Oficial del Estado de 17 de noviembre de 2010.

La determinación del valor de los terrenos de la zona de servicio y de las aguas del puerto es algo esencial para calcular la cuantía de la tasa por ocupación privativa del dominio público portuario, que se devengará a favor de la Autoridad Portuaria por la ocupación del dominio público portuario en virtud de una concesión o autorización, ya que, según el apartado 3 del artículo 19 de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, la base imponible de la tasa será el valor del bien.

La propuesta de valoración de los terrenos y lámina de agua de la zona de servicio del puerto de Almería ha sido formulada por la Autoridad Portuaria de Almería, incluyendo, entre los antecedentes y estudios necesarios, una memoria económico financiera. Asimismo, ha sido sometida a información pública, trámite que ha permitido a los interesados realizar cuantas alegaciones han considerado oportunas. Y, por último, el Organismo público Puertos del Estado y el Ministerio de Economía y Hacienda han informado favorablemente la propuesta de valoración.

SUBVENCIONES

Adquisición de vivienda

Resolución de 2 de noviembre de 2010, del Banco de España, por la que se hacen públicos determinados índices de referencia oficiales para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de vivienda. Boletín Oficial del Estado de 3 de noviembre de 2010.

 

Financiación de la autoconstrucción

Orden de 13 de octubre de 2010, por la que se concede una subvención al Excmo. Ayuntamiento de Marinaleda (Sevilla), para financiar la actuación denominada «Ejecución de 25 viviendas en régimen de autoconstrucción». Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 4 de noviembre de 2010.

 

Planeamiento urbanístico

Orden de 14 de octubre de 2010, del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Trans portes, por la que se modifica la Orden de 3 de mayo de 2010, del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes por la que se convocan subvenciones en materia de planeamiento urbanístico. Boletín Oficial de Aragón de 29 de octubre de 2010.

 

Prevención de la contaminación y del cambio climático.

Orden ARM/2849/2010, de 27 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de ayudas a entidades y organizaciones no gubernamentales para la realización de campañas de sensibilización para la prevención de la contaminación y del cambio climático. Boletín Oficial del Estado de 5 de noviembre de 2010.

 

 

 

 

 

#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}

#cortardivhglobal{display: none !important;}

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a la Revista Inmueble desde

4.90€/mes+ IVA

Lo quiero

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a la Revista Inmueble desde

4.90€/mes+ IVA

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

Escuchar

Escuchar

Los inversores siempre hacen lo necesario para buscar destinos rentables para sus activos. Como en Inmueble nos interesa el sector inmobiliario, siempre buscamos productos de nuestro ámbito que por una razón u otra se convierten en objetivo destacado de los más exitosos inversores que operan en el mercado inmobiliario. Nuestro análisis nos lleva a la conclusión que en estos momentos una de las ... Leer Más »

Amigos o enemigos de la venta

Amigos o enemigos de la venta

Cualquier inmueble, como cualquier otro bien material, se configura ante la mirada del ser humano influido por la intervención de la luz. La luz natural, la determinante, está en constante mutación. No descubrimos nada si decimos que una u otra luz pueden destacar virtudes o defectos de los inmuebles. Por ello, es fundamental para cualquier comercial de la venta inmobiliaria ... Leer Más »

Formación de éxito

Formación de éxito

En estos momentos conseguir en el mercado operarios para realizar obras menores y reparaciones diversas en los inmuebles es una tarea especialmente complicada. En España, como en otros muchos países de Europa, faltan albañiles, electricistas, fontaneros y otros profesionales similares vinculados al sector de la construcción y mantenimiento de los inmuebles. Esta carencia tiene origen en diversas causas, pero entre ... Leer Más »

El ritmo del silencio

El ritmo del silencio

La intermediación inmobiliaria es una profesión compleja. Además de requerir un conocimiento considerable de normas de derecho inmobiliario, registral, administrativo y fiscal, requiere tener también de aptitud comercial. Lamentablemente, muchas personas que llegan al sector de la intermediación inmobiliaria española carecen de muchos de estos conocimientos y habilidades. Justo por estas carencias formativas, es frecuente que los compradores, vendedores, arrendadores ... Leer Más »

Los otros listados

Los otros listados

En Estados Unidos, además de registros de morosos, existen registros de personas fiables. Un arrendador puede cotejar si el candidato a arrendar su inmueble está en la última lista mencionada. Si lo confirma, podrá pedir menos importe de fianza. Lo mismo sucede cuando se solicita una hipoteca para adquirir un inmueble. Los nominados en el listado de personas fiables consiguen ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Revista Inmueble