Alertas Jurídicas jueves , 21 noviembre 2024
 NOTA IMPORTANTE
Inicio » Editorial » El Tribunal Supremo establece que los bancos deben informar sobre las cláusulas suelo a los consumidores que se subrogan a un préstamo promotor
El Tribunal Supremo establece que los bancos deben informar sobre las cláusulas suelo a los consumidores que se subrogan a un préstamo promotor

El Tribunal Supremo establece que los bancos deben informar sobre las cláusulas suelo a los consumidores que se subrogan a un préstamo promotor

La Sala Primera estima el recurso contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla

La Sala Primera, de lo Civil, del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla que desestimó la demanda interpuesta por un consumidor que interesó la nulidad de la cláusula suelo del préstamo promotor en el que se había subrogado y posteriormente novado.

En el préstamo promotor, la cláusula suelo era del 3,5 %, mientras que en la escritura de subrogación -de octubre de 2006- era del 4%. En el año 2009 se novaron distintas condiciones del préstamo -ampliación del plazo de 30 a 40 años y carencia de pago de capital durante cuatro años, intereses y comisiones, así como rebaja de la cláusula suelo al 3%-.

Banco Popular renunció en la audiencia previa a discutir el carácter de la cláusula como condición general de la contratación, por lo que la afirmación de la Audiencia Provincial de que el contrato fue negociado no es suficientemente precisa como para llegar a la conclusión de que la cláusula suelo también lo fuera.

La sala recuerda que las cláusulas suelo del Banco Popular ya fueron declaradas nulas por sentencia de pleno de 23 de diciembre de 2015, y recuerda también su doctrina -sentencia de pleno de 8 de junio de 2017- de que, pese a la inexistencia de cosa juzgada de las acciones colectivas sobre las individuales, la regla general será determinar en estas últimas la abusividad de la cláusula, salvo circunstancias excepcionales como el perfil del cliente o la información precontractual suministrada por el banco.

El hecho de que el préstamo hipotecario no sea concedido directamente al consumidor, sino que este se subrogue en un préstamo previamente concedido al promotor que le vende la vivienda, no exime a la entidad bancaria de la obligación de suministrar al consumidor información que le permita adoptar su decisión de contratar con pleno conocimiento de la carga económica y jurídica que le supondrá subrogarse como prestatario en el préstamo hipotecario, sin necesidad de realizar un análisis minucioso y pormenorizado del contrato.

En otro caso, la obligación de información precontractual del predisponente se convertiría en una obligación del adherente de procurarse dicha información, lo que resulta opuesto a la doctrina de la Sala Primera y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

(Fuente: Consejo General del Poder Judicial)

Deja un Comentario

Tu dirección de email no será publicada.

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

Escuchar

Escuchar

Los inversores siempre hacen lo necesario para buscar destinos rentables para sus activos. Como en Inmueble nos interesa el sector inmobiliario, siempre buscamos productos de nuestro ámbito que por una razón u otra se convierten en objetivo destacado de los más exitosos inversores que operan en el mercado inmobiliario. Nuestro análisis nos lleva a la conclusión que en estos momentos una de las ... Leer Más »

Amigos o enemigos de la venta

Amigos o enemigos de la venta

Cualquier inmueble, como cualquier otro bien material, se configura ante la mirada del ser humano influido por la intervención de la luz. La luz natural, la determinante, está en constante mutación. No descubrimos nada si decimos que una u otra luz pueden destacar virtudes o defectos de los inmuebles. Por ello, es fundamental para cualquier comercial de la venta inmobiliaria ... Leer Más »

Formación de éxito

Formación de éxito

En estos momentos conseguir en el mercado operarios para realizar obras menores y reparaciones diversas en los inmuebles es una tarea especialmente complicada. En España, como en otros muchos países de Europa, faltan albañiles, electricistas, fontaneros y otros profesionales similares vinculados al sector de la construcción y mantenimiento de los inmuebles. Esta carencia tiene origen en diversas causas, pero entre ... Leer Más »

El ritmo del silencio

El ritmo del silencio

La intermediación inmobiliaria es una profesión compleja. Además de requerir un conocimiento considerable de normas de derecho inmobiliario, registral, administrativo y fiscal, requiere tener también de aptitud comercial. Lamentablemente, muchas personas que llegan al sector de la intermediación inmobiliaria española carecen de muchos de estos conocimientos y habilidades. Justo por estas carencias formativas, es frecuente que los compradores, vendedores, arrendadores ... Leer Más »

Los otros listados

Los otros listados

En Estados Unidos, además de registros de morosos, existen registros de personas fiables. Un arrendador puede cotejar si el candidato a arrendar su inmueble está en la última lista mencionada. Si lo confirma, podrá pedir menos importe de fianza. Lo mismo sucede cuando se solicita una hipoteca para adquirir un inmueble. Los nominados en el listado de personas fiables consiguen ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Revista Inmueble