La nueva Ley Hipotecaria española, que se aprobará este mes, llega en un momento en el que se han cumplido 10 años de la crisis de las hipotecas subprime en EEUU
En España se siguen notando los efectos de esa crisis, con más de 63.000 desahucios registrados el año pasado
Hace diez años que estalló en Estados Unidos la crisis de las hipotecas subprime o hipotecas ‘basura’, conocidas así porque se concedieron a personas de escasa solvencia a altos tipos de interés. Por esta razón, en el mes de agosto de 2007 daba comienzo la crisis económica a nivel mundial más profunda desde el ‘crac del 29’, lo que provocó fuertes caídas en las bolsas de todo el mundo. Ante esta situación, la Reserva Federal de los Estados Unidos, el Banco Central Europeo y el Banco de Inglaterra acordaron de forma coordinada inyectar 400.000 millones de euros para generar liquidez.
En España los efectos de la crisis hipotecaria estadounidense llegaron meses después pero con idénticos efectos devastadores, razón por las novedades que van incluidas en el nuevo texto de la reforma de la Ley Hipotecaria española, que será aprobada por el Gobierno este mes de septiembre. El principal objetivo es evitar la concesión de hipotecas a particulares que no acrediten la solvencia necesaria para hacer frente a las cuotas hipotecarias.
“Todo el sistema ha aprendido de sus errores, no sólo los bancos. Tras una crisis devastadora a todos los niveles, instituciones, los poderes judicial y político, bancos y consumidores saben de la importancia de conocer lo que se firma en el momento de la concesión de una hipoteca y del ‘efecto dominó’ que puede tener en la economía no pagar las cuotas de un préstamo hipotecario recibido”, indica Amor Pelegrí, socia fundadora de Pelegrí Abogados.
Así pues, en el anteproyecto de la nueva Ley Hipotecaria se quiere poner punto y final a las prácticas bancarias que llevaron a la crisis de las hipotecas subprime, eliminando cualquier opción de que haya cláusulas abusivas en los contratos o intereses de demora. Además, se limitarán las comisiones en un hipotético vencimiento anticipado de la hipoteca o en la modificación del tipo de interés de referencia del contrato.
No obstante, en España se siguen notando los efectos de esa crisis. El año pasado se produjeron más de 63.000 desahucios en nuestro país, un 6,4% menos que en 2015. Aun así, se trata de la cifra más baja en los últimos cuatro años, pues en los años 2013, 2014 y 2015 se superaron los 67.000 desahucios anuales.
Además, en el horizonte a corto plazo está la respuesta del Tribunal de Justicia de la UE al Tribunal Supremo español sobre cómo actuar en casos de cláusulas de vencimiento anticipado e intereses de demora, que llegará presumiblemente a finales de año. A partir del fallo del TJUE se tendrá la oportunidad de adaptar la nueva legislación al criterio europeo y actualizar de forma definitiva el marco legal español de protección al consumidor bancario.