Sumario
- Resolución controvertida
- Conclusiones
El Juzgado de Primera Instancia Nª 2 de Cádiz, acaba de dictar sentencia nº 125/2017 de 26 de junio de 2017 en la que aparte de declarar nula la cláusula suelo también entra a valorar la licitud de los gastos de constitución y formalización de hipoteca, declarando nulo los gastos de inscripción registral, bajo el argumento que la persona obligada a satisfacerlo, según la Ley, es el Banco.
Resolución controvertida
La importancia de esta Sentencia es que la magistrada que la pone es la designada por el Consejo General del Poder Judicial para hacerse cargo del Juzgado de Primera Instancia de Cádiz que va a conocer de todas las condiciones generales de la contratación para toda la provincia de Cádiz, con lo cual, ya sabemos su criterio que es sumamente restrictivo.
En cuanto a los aranceles registrarles, la Sentencia sostiene que la persona obligada resulta de la Norma Octava del Anexo II del Real Decreto 1427/89 de 17 de noviembre por la que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad, señala que los derechos del registrador se pagarán por aquel o aquellos a cuyo favor se anote inmediatamente el derecho.
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