La Tarjeta Profesional de la Construcción es una herramienta estrechamente vinculada con la formación en materia de prevención de riesgos laborales que deben poseer todos los trabajadores del sector de la construcción. Asimismo, avala la experiencia en el sector, la cualificación profesional y la formación recibida.
La obtención de la Tarjeta Profesional de la Construcción es voluntaria, pero será obligatoria a partir del 31 de diciembre de 2011
Es interesante señalar que en la actualidad la obtención de la Tarjeta Profesional de la Construcción es voluntaria, pero será obligatoria a partir del 31 de diciembre de 2011, tal y como determina el Convenio General de la Construcción. El citado documento permite certificar que los trabajadores están en posesión de la formación inicial en materia de prevención de riesgos laborales, incluidos los de nueva incorporación. Asimismo, la tarjeta facilita la comprobación de la efectiva posesión de la mencionada formación en el supuesto de los trabajadores pertenecientes a las empresas subcontratistas. Es decir, la Tarjeta es un instrumento diseñado para cumplir de forma ágil y práctica con los requisitos establecidos por la Ley reguladora de la subcontratación y del Convenio colectivo.
La obtención de la Tarjeta Profesional de la Construcción es voluntaria, pero será obligatoria a partir del 31 de diciembre de 2011
Obviamente, se podrá obtener la Tarjeta si se ha recibido, como mínimo, la formación inicial en materia de prevención de riesgos laborales según las previsiones del Convenio. Al respecto, podrá ser solicitada por dos tipologías de trabajadores diferentes:
– Trabajadores en situación de alta o en situación de incapacidad temporal que presten servicios en empresas encuadradas en el ámbito de aplicación del Convenio.
– Trabajadores en desempleo que acrediten, como mínimo, treinta días en alta en empresas encuadradas en el ámbito de aplicación del Convenio en el período de los doce meses anteriores a la fecha de la solicitud.
La Tarjeta, que caducará a los cinco años de su emisión, podrá ser solicitada en los denominados “Puntos de Tramitación”, como son, a modo de ejemplo, los Centros de la Fundación Laboral de la Construcción repartidos por la geografía española. La titularidad de la Tarjeta conllevará el disfrute de relevantes derechos, como son, entre otros:
– Exención del período de prueba en los contratos fijos de obra u otra modalidad de contrato temporal para los trabajos de su categoría profesional, y siempre que se acredite su cumplimiento en una empresa anterior.
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