Por Redacción Revista Inmueble
El principio tradicional de nuestro Derecho en materia de daños es el de la responsabilidad por culpa o negligencia. Sin embargo, la doctrina y jurisprudencia más recientes apuestan claramente por una responsabilidad objetiva cuando se trata de actividades que entrañan riesgo. En esta ocasión, presentamos la responsabilidad de los aparejadores, arquitectos técnicos de obra y promotores inmobiliarios.
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