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Requisitos para que las empresas puedan intervenir como contratistas y subcontratistas en el sector de la construcción:

La Ley 32/2006 de 18 de octubre reguladora de la subcontratación requería para su aplicación de un desarrollo reglamentario que se produjo con la entrada en vigor del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto de 2007.


 


La ley y la norma de desarrollo que a continuación analizaremos tienen vocación de mejorar las condiciones de trabajo del sector, y en particular servir a la seguridad y salud de los trabajadores de este sector, cuando en la ejecución de una obra participan varias empresas. 


 


Si bien la limitación de los niveles sucesivamente descendentes de contratación es una de las cuestiones más significativas de la Ley de Subcontratación, este artículo pretende enumerar los requisitos para que las empresas puedan intervenir en el proceso de subcontratación en el sector de la construcción.


 


Necesaria inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas.


 


 


La obligación de inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas será exigible a partir del 26 de agosto de 2008.


 


La solicitud de inscripción deberá dirigirse al Registro de Empresas Acreditadas dependiente de la autoridad laboral competente de la Comunidad, mediante una solicitud normalizada, cuyo formulario se encuentra en el Anexo I A del Real Decreto. Dicha solicitud de inscripción deberá contener los datos de la empresa y acompañarse de los siguientes documentos:


 


1.      Declaración suscrita por el empresario relativa al cumplimiento de la Ley de subcontratación:


 


a.      Que posee una organización productiva propia que cuenta con los medios materiales y personales necesario y los utiliza para el desarrollo de la actividad que vaya a contratar.


 


b.      Que asume los riesgos, obligaciones y responsabilidades propias del desarrollo de la actividad empresarial.


 


c.      Que ejerce directamente las facultades de organización y dirección sobre el trabajo desarrollados por sus trabajadores en la obra.


 


2.      Documentación acreditativa de que la empresa dispone de una organización preventiva adecuada a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y de que dispone de recursos humanos que cuentan con la formación necesaria en materia de prevención de riesgos laborales.


 


En el caso que la solicitud no reuniera los datos ni se acompañara de la documentación indicada se podría denegar la inscripción en el Registro. La autoridad laboral dictaría resolución denegatoria. La inscripción tendrá un período de vigencia de tres años renovables, por ello las empresas deberán solicitar la renovación de su inscripción dentro de los seis meses anteriores a la expiración de su validez.


 


Asimismo en los Anexos del Real Decreto se prevé un modelo para la comunicación de variación en los datos anteriores de inscripción en el Registro, así como  un modelo de solicitud de cancelación de Registro que deberá solicitarse cuando la empresa cese en la actividad que motiva la inscripción, o bien cuando deje de cumplir con los requisitos legales para su inscripción.


 


En todo caso la autoridad laboral competente podrá cancelar de oficio la inscripción de cualquier empresa inscrita en su Registro cuando, por los datos obrantes en su poder como consecuencia de la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social o por cualquier procedimiento, tenga conocimiento de que la empresa ha cesado en la actividad o ha dejado de cumplir con los requisitos para su inscripción.


 


 


 


Obligatoriedad del Libro de Subcontratación


 


Cada contratista, con carácter previo a la subcontratación de la ejecución de parte de la obra que tenga contratada, deberá obtener un Libro de Subcontratación.


 


El libro deberá permanecer en todo momento en la obra hasta la completa terminación del encargo recibido por el promotor, y deberá reflejar cronológicamente todas las subcontrataciones realizadas en la obra con las empresas subcontratistas o con trabajadores autónomos, su  nivel de subcontratación, el objeto de su contrato, la identificación de la persona que ejerce la facultad de organización y dirección de cada subcontratista y, en su caso, de los representantes legales de los trabajadores de la misma, las respectivas fechas de entrega del plan de seguridad y salud que afecte a cada empresa subcontratista, así como las instrucciones elaboradas por el coordinador de seguridad y salud para el desarrollo del procedimiento de coordinación y las anotaciones efectuadas por la dirección facultativa sobre su aprobación de cada subcontratación excepcional.


 


Como Anexo III el Real Decreto se incluye el modelo oficial de Libro de Subcontratación.


 


La Disposición Transitoria tercera del Reglamento establece que las empresas contratistas podrán seguir utilizando el sistema  documental utilizado hasta ahora, dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigor de este Real Decreto, por lo que desde el pasado 25 de noviembre de 2007, las empresas constructoras deberían contar con el libro de subcontratación.


 


Porcentaje mínimo de trabajadores contratados con carácter indefinido.


 


Las empresas que sean contratadas o subcontratadas habitualmente para la realización de trabajos en obras del sector de la construcción deberán contar con un número mínimo de trabajadores contratados con carácter indefinido.


 


Se pretende llegar a conseguir que  el 30% de la plantilla de la empresa tenga un contrato indefinido, ahora bien, la norma prevé un escalado hasta alcanzar dicho porcentaje:


 


En la Disposición Transitoria segunda se establece que entrará en vigor de acuerdo con los siguientes porcentajes:


 


Á‚·        Desde agosto 2007 hasta el 19 de octubre de 2008: 10%.


Á‚·        Desde el 20 de octubre de 2008 hasta el 19 de abril de 2010: 20%.


Á‚·        Desde el 20 de abril de 2010: 30%.


 


A efectos del cómputo de dicho porcentaje se tomará como período de referencia los doce meses anteriores al momento del cálculo.


 


La plantilla se calculará por el cociente que resulte de dividir por 365 el número de días trabajados por todos los trabajadores de la empresa.  A efectos del cómputo de los días trabajados se computarán también los días de descanso semanal, los permisos retribuidos y días festivos, vacaciones, y en general, los períodos que se mantenga la obligación de cotizar.


 


El legislador pretende que este requisito se mantenga habitualmente, aún en los períodos en que la empresa no tenga contratada o subcontratada una obra.


 


Formación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales.


 


Finalmente el Real Decreto establece que la empresa deberá velar para la formación adecuada y necesaria de los trabajadores a su puesto de trabajo o función en materia de prevención de riesgos laborales, tanto del nivel directivo como del productivo.


 


En este sentido se entenderá cumplido este requisito cuando concurran las siguientes condiciones:


 


a)     Que la organización pretendida del empresario expida certificación sobre la formación específica impartida a todos los trabajadores de la empresa que presten servicios en obras de construcción.


b)     Que se acredite que  cuenta con personas que ejercen funciones de dirección y  que han recibido la formación necesaria en esta materia y conocen los riesgos y las medidas para prevenirlos. El Real Decreto exige que la información sea impartida por entidad autorizada para impartir formación en materia de prevención de riegos laborales y que tenga una duración no inferior a 10 horas.


 


En definitiva, y como conclusión, en este artículo se ha pretendido hacer referencia a las obligaciones que deberán observar las empresas contratistas:  medidas tendentes a promocionar el empleo estable y la vigilancia en materia de riesgos laborales, y obligaciones también de carácter censal y documental, como la inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas y la llevanza del Libro de Subcontratación, que pretenden un mayor control del sector y que suponen un mayor trabajo a aquellas empresas que operen en el mismo.


 


(modelo en el pdf adjunto)

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