Por Rosario Rodríguez Paredes. Abogada en Mariscal & Abogados
Una de las novedades introducidas por la última reforma de la Ley Arrendamientos Urbanos, es la regulación en su artículo 17.5 de la sustitución del pago del precio del alquiler por la realización de obras de reforma o rehabilitación de la vivienda. En este sentido, es importante tener claras las circunstancias que deben ser incluidas en el correspondiente contrato de arrendamiento
- Introducción
- Marco legislativo
- Régimen legal
3.1 No es un derecho u obligación legal, sino un acuerdo
3.2 El reemplazo del pago de la renta podrá ser total o parcial
3.3 Es aconsejable establecer el proyecto de reforma en el contrato
3.4 El arrendatario no podrá solicitar compensación por las reformas realizadas al
finalizar el contrato
3.5 Posibilidad de resolver el contrato en caso de incumplimiento por parte del
Arrendatario
- Tributación de las rentas obtenidas
- Conclusión
- Introducción
Son múltiples los factores que definen la situación actual del alquiler en España. El más relevante, quizás sea el arraigado régimen de propiedad que existe en nuestro país. En este sentido, se estima que las viviendas de alquiler en España suponen únicamente un 17% del total del mercado inmobiliario. Si bien es cierto que la crisis económica que venimos padeciendo desde el año 2008, ha incentivado el aumento del número de viviendas en alquiler en España, también lo es que en comparación con nuestros vecinos europeos, todavía existe un elevado número de viviendas en propiedad, vacías y sin ningún uso. Además, las últimas estadísticas comunitarias emitidas por Eurostat, muestran el gran porcentaje de españoles que actualmente residen en viviendas que presentan algún tipo de deficiencia.
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