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¿Qué ocurre con los alquileres en el estado de alarma? Breve comparativa con otros países

¿Qué ocurre con los alquileres en el estado de alarma? Breve comparativa con otros países

EN BREVE:

Desde el pasado 14 de marzo España se encuentra en estado de alarma a causa del virus Covid-19. Son muchas las preocupaciones que nos están rondado en este momento por esta situación tan desoladora que se está cebando con gran parte de la población mundial y del que nadie estamos libres. Nada, absolutamente nada, dice el famoso Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma con relación a los arrendamientos urbanos, ninguna medida se ha tomado para proteger tanto a arrendatarios como a arrendadores.

SUMARIO:

  1. Introducción
  2. Las medidas
  3. Ejemplos de otros países

DESTACADOS:

  • “Puede preverse una vez superemos esta pandemia perderán sus puestos de trabajo o, en caso de ser autónomos”
  • “Quienes posean más de 8 viviendas en alquiler serán considerados grandes tenedores y deberán hacer frente a moratorias e incluso en algunos casos, quitas”
  • “El Gobierno encabezado por Macron ha anunciado que el Estado hará frente al pago de los créditos bancarios contraídos por el Covid-19”

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