A pesar de la reciente Sentencia del Tribunal Constitucional que nos indicaban que se revisaban las deducciones por plusvalías,parece que las inspecciones fiscales no llegaran ya que la mayoría de los expertos consideran que los coeficientes de reducción sobre las plusvalías en la adquisición de vivienda continúan vigentes
Pese a la reciente sentencia del tribunal constitucional todo vuelve a su cauce y el gobierno mantendrá los coeficientes reductores en la normativa aplicable
Tras la polémica surgida sobre la vigencia de los coeficientes reductores de las plusvalías obtenidas en el IRPF tras la Sentencia del Tribunal Constitucional de 7 de julio de 2005 por la que se anula el Real Decreto-ley 7/1996 por razones formales como es el uso del Decreto-Ley para regular cuestiones relacionadas con un impuesto de aplicación generalizada como es el IRPF.
Para resolver la cuestión de la vigencia, la mayoría de los profesionales se decantan por considerar que el régimen de reducción de las plusvalías ha quedado convalidado expresamente por una norma con rango de ley, la Ley 40/1998 y, posteriormente, por el Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo, al menos para los ejercicios que comenzaron a partir del 1 de enero de 1999.
Por otro lado, los ejercicios 1997 y 1998 se han quedado sin regulación pero esta situación sólo afectará a aquellos contribuyentes que no se hayan visto beneficiados por la prescripción o por aquellos cuya situación esté en fase de comprobación administrativa.
!Atención! No es necesario que se produzca un accidente (mortal o no) para que se pidan penas de prisión a las empresas constructoras por incumplir las normas sobre prevención de riesgos laborales
La fiscalía de Barcelona ha pedido penas de prisión de un año y multas a administradores de empresas por actuaciones que suponen un riesgo laboral para el trabajador aunque no se llegue a producir accidentes
En uno de los casos tras la investigación que duró cerca de un año, se solicita un año de prisión, inhabilitación y multa para los administradores de dos empresas de la construcción que no tuvieron en cuenta las medidas de seguridad, que, como máximos responsables de las empresas debían adoptar, para evitar que sus empleados trabajasen sin poner en riesgo su vida.
La inspección comprobó que en una obra próxima a una línea eléctrica de alta tensión, los empleados trabajaban subidos en una estructura metálica que formaba parte de un andamio poco seguro: no había barandilla, ni cascos ni arneses con evidente peligro de caída para los trabajadores. En este caso la administración primero impuso una sanción económica de 62.000 euros y trasladó las actas de inspección a la fiscalía quien continuó la tramitación.
Ministerios enfrentados: mientras que en el ministerio de vivienda apuestan por el alquiler de viviendas, el ministerio de Hacienda considera lo contrario que es mejor comprar que alquilar.
Si la Ministra pone sus esfuerzos en fomentar el alquiler mediante la creación de la Sociedad publica de alquiler; el Subsecretario de Hacienda Miguel ¡ngel Fernández Ordóñez reivindicó la compra de pisos como la mejor opción de inversión ya que es la mejor forma de que los ciudadanos se garanticen la vejez, llegando a poner como ejemplo Alemania, donde los mayores pasan sus últimos días en situaciones dramáticas debido a que sus viviendas son de alquiler y en muchos casos son expulsados de ellas.
Para resolver el problema de la vivienda es necesario un acuerdo entre Comunidades Autónomas y el Gobierno sobre el Suelo y así simplificar la normativa urbanística
La Fundación de Estudios Inmobiliarios (FEI) considera que los cuatro «males» del sistema urbanístico español son el intervencionismo, la arbietrariedad, la pluralidad de sistemas y los procedimientos derivados de la diversidad legislativa, y el sistema de recuperación de plusvalías a través de cesiones y cargas de suelo. Esta es la causa de que el urbanismo español se caracterice por un planeamiento «rígido» y «restrictivo» de oferta de suelo, con cargas fiscales que encarecen los terrenos, así como de suelos públicos creados con una finalidad muy concreta, como es la financiación de los ayuntamientos.
La Aplicación del Plan de Prevención del Fraude Fiscal ha significado la inspección de 2.300 empresas del sector inmobiliario y la declaración de 101.000 alquileres nuevos, un 8,6% más que en 2004
La razón de este aumento ha sido la obligación de identificar los inmuebles y especificar si el domicilio habitual era en propiedad o en alquiler. Esta medida adoptada con la excusa de luchar contra el fraude fiscal, ha tenido como primer efecto un fuerte aumento del número de propietarios que han declarado haber obtenido rentas por alquiler en 2004 (expansión)
En la reforma de los impuestos que prepara el gobierno descenderá el IRPF y el Impuesto de Sociedades ( del 35 al 30%), pero se crearán nuevos impuestos que gravarán el consumo
Para compensar la pérdida de recaudación en estos dos impuestos se crearán los denominados «impuestos medioambientales´´ que gravarán el consumo de energía, especialmente de agua y derivados del petróleo. Además serían las comunidades y los ayuntamientos quienes gestionaran este tipo de impuestos
La rehabilitación absorbe el 24% de la actividad constructora en España mientras que en Europa absorbe un 37% de actividad
Pese a que en 2006 la construcción de nuevas viviendas se ralentizará, no ocurrirá lo mismo con la rehabilitación, que crecerá un 3,7% en el 2005 y un 4% en el 2006. La gente se ha dado cuenta de que la rehabilitación no es un gasto sino una inversión, y el producto, en este caso la vivienda, puede volver a ponerse en el mercado en mejores condiciones.
El ayuntamiento de Madrid solo dejará construir en suelo industrial hoteles, a diferencia de lo que ocurría ahora que también permitía construir apartamentos turísticos
Esta medida parte de la Concejalía de Urbanismo, y es como consecuencia del incremento de solicitudes de licencias para la implantación de apartamentos turísticos en estos terrenos que, por otra parte, no contemplan el uso residencial. De esta forma el Ayuntamiento ha aprobado el proyecto de modificación puntual del Plan General de Urbanismo, que afecta a los artículos en los que se regula la implantación de modalidades de alojamientos turísticos, como hoteles-apartamentos, pensiones, hostales o casas de huéspedes, en parcelas de uso industrial.
La antigÁ¸edad del parque de viviendas indica que un mínimo de 1,2 millones de viviendas debe ser reemplazadas en los próximos años por pisos nuevos
En España cerca de la mitad del parque de viviendas ha sido construido antes de 1978, es decir, tiene como mínimo 30 años. Asimismo, en los años 70 se construyeron casi una cuarta parte del parque de viviendas principales actualmente existente y entre los años 80 y 90 se edificaron un 30% del total. Lo que permite concluir que buena parte de estas viviendas deben ser sustituidas o por lo menos rehabilitadas o reformadas en los próximos años
El Parlamento europeo recomienda a la comunidad valenciana la suspensión, hasta la aprobación de una nueva ley, de los proyectos urbanísticos que impliquen la reclasificación de suelo rústico o no urbanizable en urbanizable
Aunque la decisión no es obligatoria, el parlamento europeo solicita esta suspensión como consecuencia de la presentación de quejas de residentes británicos en la costa valenciana ante la Unión Europea. Se puede paralizar la construcción de 150. 000 nuevas viviendas
Los afectados, presentaron quejas puesto que se vieron obligados a pagar excesivas cuotas de urbanización, y en ocasiones a la expropiación de sus fincas a favor de las empresas urbanizadoras.
SENTENCIAS:
Que el arrendatario retire muebles de un local acondicionado para supermercado no justifica que el arrendador no devuelva la fianza
La entrega de terrenos que no tienen la condición de edificables está exenta de IVA pero está sujeta a tributación por ITP
Contrato de ejecución de obra: Aunque el contratista abandone la ejecución de la obra, éste debe cobrar la realización de unos trabajos que fueron correctamente ejecutados, y no tiene por qué soportar el coste de los trabajos que restaban por ejecutar.
Extinción de compraventa: El vendedor no debe devolver el precio recibido al considerarlo como indemnización del perjuicio sufrido
Si no se ha probado que la compraventa se llevó a cabo por la intervención directa del agente de la propiedad, el agente no puede pretender el cobro de honorarios
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