AUTOR: Eduardo Rodríguez de Brujón y Fernández. Abogado. Experto en Derecho Bancario. Socio director del Bufete Quercus-Superbia Jurídico y miembro de Legal Touch.
EN BREVE:
El Boletín Oficial del Estado del 18 de marzo de 2020 publicó el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
SUMARIO:
- Introducción
- La moratoria
- Efectos de la moratoria
DESTACADOS:
- “Únicamente va a suponer aplazar una obligación de pago que afecta a un grupo de personas que probablemente hayan perdido su puesto de trabajo y que no van a poder pagar su hipoteca”
- “Estas mismas medidas se aplicarán igualmente a los fiadores y avalistas del deudor principal, respecto de su vivienda habitual y con las mismas condiciones que las establecidas para el deudor hipotecario”
- “Durante el periodo de vigencia de la moratoria, la entidad acreedora no podrá exigir el pago de la cuota hipotecaria”
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