Cada día es más frecuente, ya sea para grandes o pequeños proyectos o reformas a realizar en viviendas, la contratación de profesionales técnicos, principalmente arquitectos que son quienes en la práctica van a diseñar y ejecutar la obra proyectada.
Normalmente este tipo de contratos es más complicado de lo que parece pues no se debe limitar a especificar la identidad de las partes, las características de la obra y la cuantía de los honorarios
Si previamente realizamos y negociamos sus cláusulas el contrato se convertirá en el instrumento imprescindible para que ambas partes sepan qué tienen qué hacer, cuándo deben hacerlo, por qué importe y sujetos a qué régimen de responsabilidad.
El contrato de prestación de servicios, podemos definirlo aquel mediante el cual una de las partes (empresa o profesional) se compromete a prestar una serie de servicios a otra, que, a su vez, se compromete a pagar un precio a cambio.
Es conveniente que, como en todos los contratos en los que se suscriban con los técnicos existan unos antecedentes lo más completos posibles que expliquen las circunstancias que concurren para la contratación: titularidad o derechos del promotor sobre la parcela; tipo de edificación que se pretende; antecedentes técnicos que existan (informes geotécnicos, medioambientales, etc.); documentación que se haya facilitado por el promotor a los técnicos; existencia de terceros que tengan derechos futuros sobre el inmueble; oferta que en su caso hayan realizado los técnicos y conocimiento adicionales que estos puedan tener de la obra o del promotor; existencia de otros técnicos que estén interviniendo en la construcción; etc.
Una vez determinados los antecedentes de la contratación, y ya dentro de las estipulaciones del propio contrato, debe concretarse el alcance del contrato.(Si se trata de otro tipo de edificaciones o de encargos diferentes de los previstos en esta normativa, deberá establecerse con el mayor nivel de detalle posible en qué debe consistir la actuación del técnico).
En cuanto a las obligaciones del promotor, las principales vienen referidas, a la aportación de documentación. Por lo que es conveniente que el contrato establezca claramente qué documentos debe aportar el promotor y cuándo debe hacerlo. También es importante que se regule el plazo en que debe dar su aprobación a los proyectos, así como las implicaciones en caso de que proponga modificaciones o éstas sean necesarias por cualquier otro motivo.
Cabe recordar que, en la medida en que estos contratos están basados en la confianza entre las partes, es muy útil establecer la posibilidad de desistimiento del contrato: esto es, de poner fin al mismo sin necesidad de que la otra parte haya incumplido sus obligaciones. Para ello, es importante, en primer lugar, valorar si ambas partes deben disponer de este derecho, o si sólo debe atribuírsele a una de ellas (normalmente, al promotor). Además, deberán establecer los derechos económicos que corresponden en caso de desistimiento (que suelen incluir tanto la parte del trabajo realizado como los gastos incurridos y el lucro cesante de aquella parte que no va a realizarse) y el procedimiento para dar continuidad al encargo a través de otros profesionales.
En definitiva, cuanto más especificadas se encuentren las obligaciones de las partes, menos problemas nos encontraremos a la horade exigir el cumplimiento del mimsmo
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE SERVICIOS PROFESIONALES
En …………., a ………de…………………….de 20…..
REUNIDOS:
De una parte D……………………………………………………………….., mayor de edad, con DNI ………………………… y domicilio en………………………………………………………………., que interviene en su propio nombre/ en representación de …………………………………………….., con domicilio en……………………………………………………………. y C.I.F. ……………………………., en virtud de su cargo de administrador único/promotor, que asegura vigente, y a quien en adelante se denominará el Cliente.
Y de otra, D´´´´´´´´, con D.N.I. nº ´´´´´´´´´´´´.. mayor de edad, arquitecto inscrito en el Colegio Oficial de Arquitectos de´´´´. con el nº ´´´´´´que tiene su domicilio profesional en´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´.. y a quien en adelante se denominará el Arquitecto.
Tras reconocerse mutuamente la capacidad jurídica necesaria para otorgar este contrato,
MANIFIESTAN:
1.- El Cliente tiene interés en contratar los servicios profesionales del Arquitecto para que realice los trabajos que más adelante se detallan.
2.- El Arquitecto, que afirma no encontrarse afectado por ninguna causa de incompatibilidad que se lo impida, ha aceptado ejecutar el referido trabajo, junto con los colaboradores que estime conveniente o necesario emplear, habiendo convenido ambas partes que su relación se regule de acuerdo con las siguientes
CL¡USULAS:
1º.-Constituyen el objeto de este contrato los siguientes trabajos:
Proyecto básico, de ejecución y dirección de obras de vivienda sita en ………………………………….
………………………………………………………………………………………………………………………………………
Se incluyen dentro del encargo, y del precio convenido, con carácter enunciativo y no limitativo:
PROYECTO BASICO
- Todos los diseños previos a la solución definitiva aceptada por el Cliente.
- Memoria del proyecto, con descripción del proyecto, datos de superficies, cumplimiento urbanístico, memoria constructiva y valoración oficial de la obra. Normativa de cumplimiento.
- Planos de todas las plantas de distribución con superficies parciales y totales, cotas, etc.
- Planta de cubiertas y emplazamiento en la parcela.
- Alzados de todas las orientaciones y secciones suficientes para su completa definición.
- Dos vistas en tres dimensiones de su futura casa.
PROYECTO DE EJECUCION
- Memoria del proyecto de estructura así como de las distintas instalaciones.
- Planos de plantas y detalles de estructura.
- Planos de instalaciones de electricidad, fontanería, climatización, etc.
- Planos de detalle constructivo.
- Medición completa de la obra.
- Pliego de condiciones de contratación.
DIRECCIÓN DE OBRA
- Visitas quincenales a la obra.
- Informes mensuales sobre el desarrollo de los trabajos.
- Certificado Final de Obra.
- Liquidación final y periodo de garantía.
- Planos definitivos de la obra.
Y en general, cumplimiento de todas las obligaciones que atribuye al Arquitecto la Ley de Ordenación de la Edificación y demás legislación aplicable.
No se incluyen dentro del encargo, ni del precio convenido, el estudio geotécnico del suelo ni el levantamiento topográfico de la parcela si fuese necesario.
2º La redacción del proyecto básico habrá de estar concluida antes de ´´´´.. meses a contar desde la firma de este contrato, salvo demora por causas no atribuibles al Arquitecto; la redacción del proyecto de ejecución deberá estar concluida antes de ´´´´´´. meses a contar desde la orden de inicio del Cliente.
Una vez terminada la redacción de cada proyecto, el Arquitecto entregará un borrador al Cliente, que podrá hacer objeciones antes de aprobarlo.
3º De cada proyecto, una vez aprobado por el Cliente, se le entregarán, debidamente visadas, cinco copias en papel y una en soporte informático.
4º El Cliente no dará comienzo a las obras, ni las reanudará en caso de haber permanecido paralizadas, sin el previo conocimiento del Arquitecto, cuya responsabilidad no comenzará hasta que se cumplan estos requisitos.
5º Los honorarios del Arquitecto ascenderán a la cantidad de …………………………………………..
……………………………………………………………………………………………………………………………….Euros. que serán satisfechas de la siguiente manera: (porcentajes variables)
- 10% en concepto de provisión de fondos a la firma del presente contrato.
- 30% a la entrega del Proyecto Básico visado por el Colegio Oficial de Arquitectos.
- 30% a la entrega del Proyecto de Ejecución visado por el Colegio Oficial de Arquitectos.
- 30% restante a la entrega del Certificado Final de Obra visado por el Colegio Oficial de Arquitectos.
6º El presente contrato podrá resolverse por cualquiera de las partes si media causa justa, entendiendo por causa justa cualquier incumplimiento grave y culpable de sus obligaciones por la otra parte. En caso de resolverse el contrato sin causa justa a instancia de una de las partes, ésta deberá indemnizar a la otra por los daños y perjuicios que le ocasione.
7º La propiedad intelectual sobre los trabajos corresponde al Arquitecto, quien cede en exclusiva al Cliente su derecho a utilizarlos para ejecutar las obras a que se refieren y en el emplazamiento previsto.
8º Las partes, con renuncia expresa a su propio fuero, se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales ´´´´´´´´´´´´´´para resolver cuantas discrepancias pudieran surgir acerca de la interpretación y cumplimiento de este contrato.
Y en señal de conformidad y para constancia de lo convenido, ambas partes firman por duplicado el presente documento.
El Arquitecto El Cliente
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