Europa ha vuelto a pronunciarse sobre las cláusulas suelo y ahora estima que los afectados tienen derecho a reclamar su caso de forma individual, aunque existan otras causas colectivas que soliciten una solución a estas cláusulas abusivas sobre las hipotecas.
El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el polaco Maciej Szpunar, se muestra partidario en un dictamen preliminar de estimar y juzgar por separado las reclamaciones derivadas de estas condiciones abusivas: por un lado las colectivas y otro, las particulares.
El caso llega tras la consulta realizada por el Juzgado de lo Mercantil número 8 de Barcelona, donde dos particulares presentaron sus respectivas acciones para pedir la nulidad de las cláusulas suelo que aplicaron en sus hipotecas Caixabank y Catalunya Caixa al considerarlas abusivas.
Ambas entidades solicitaron la suspensión del procedimiento, alegando que ya existía una demanda colectiva de unos 15.000 afectados contra 72 bancos encabezada por la Asociación de Usuarios de Banca (Adicae) que pedía exactamente lo mismo, y que todavía está a la espera de resolución.
Ante la duda, el juzgado catalán elevó la consulta a Luxemburgo, que cree que ambas reclamaciones (colectiva e individual) son complementarias y que la suspensión, aun estando permitida por la Ley de Enjuiciamiento Civil española, no puede ser automática ni obligatoria para los consumidores que deseen proseguir con sus litigios individuales.
El abogado general del máximo organismo judicial en Europa recuerda que la directiva europea relativa a las cláusulas abusivas obliga a los Estados a contemplar en su ordenamiento “con carácter principal, acciones individuales” y solo después, “con carácter complementario, acciones colectivas de cesación, que no pueden sustituir a las acciones individuales ni obstaculizarlas”.
La sentencia definitiva del Tribunal se conocerá en los próximos meses, aunque el dictamen del abogado general será tenido muy en cuenta. Y es que suele seguir las tesis de sus letrados y ratificar sus opiniones hasta en un 80% de los casos.
Qué ha sucedido en España
Recordemos que las cláusulas suelo son una condición abusiva que aplicaron las entidades financieras sobre las hipotecas que impide al hipotecado poder beneficiarse de la caída del euríbor y que han dejado a miles de afectados en nuestro país.
El Tribunal Supremo ya declaró nulas muchas de ellas en mayo de 2013 (las que no se ajustaban a los criterios de transparencia), mientras que en marzo de 2015 otra sentencia aplicaba la devolución de las cuantías abonadas de más por los afectados desde 2013, coincidiendo con la primera resolución. Muchos bufetes y jueces creen que la devolución del dinero debería afectar a toda la cantidad extra que han pagado los hipotecados.
El caso de estas cláusulas hipotecarias ha llegado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que deberá decidir si los afectados recuperarán el dinero pagado de más desde 2013 o con carácter retroactivo, como propusieron a finales del año pasado los abogados de la Comisión Europea.
Gran parte de la banca española ha retirado las cláusulas suelo de su oferta hipotecaria, aunque el sector está pendiente de la resolución que dicte la justicia europea. Si finalmente se ve obligado a devolver las cantidades con carácter retroactivo, el impacto estará entre 1.000 millones y 1.500 millones de euros.