Con frecuencia utilizamos términos y conceptos que no por ser de uso extendido y generalmente admitidos desconocemos en toda su extensión su concepto y consecuencias. Uno de dichos términos es el del Valor Catastral, que para el común de la población se vincula, esencialmente, con determinadas obligaciones de naturaleza impositiva. Así es, el valor catastral, es un valor administrativo que sirve de base, o se toma como referencia, en relación con determinadas actuaciones de las Administraciones Públicas. Concretamente: 1/ De carácter fiscal: a) Impuesto municipal sobre Bienes Inmuebles; b) Impuesto municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de naturaleza urbana; c) Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas; d) Impuestos obre el Patrimonio; y, e) Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales; 2/ De carácter no fiscal: expropiación, valoraciones urbanísticas, concesión de determinadas ayudas, becas y subvenciones públicas, etc.
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