La declaración de obra nueva (incluye modelo)
¿Como se transforma un solar en pisos individualizados?, o ¿como se convierte un edificio en construcción en pisos con “cara y ojos”?
Habitualmente cuando se vende un piso no se vende en abstracto, sino que se individualiza, se dice que se ha vendido la puerta derecha de la planta tercera del edifico situado en el número x de la calle…
Pero cuál ha sido el proceso para convertir un solar y un edificio en construcción en un piso determinado propiedad de una inmobiliaria primero y después de una familia
Una vez construido el edificio se divide el mismo en dos partes: los elementos comunes: como son los ascensores, rellanos, escaleras, fachadas, cuartos de luces, terrazas, patios etc. Y las partes privativas, o lo que es lo mismo, la división en pisos del edificio.
La división horizontal de un edificio es única, mientras que la Declaración de Obra nueva se debe realizar cada vez que se alteren las circunstancias materiales que se reflejan en el Registro de la Propiedad
Cada uno de los propietarios de los pisos podrá disponer de forma exclusiva de su parte privativa, pero al mismo tiempo se le permite disfrutar de una cuota de participación de los elementos comunes.
Esta división se realiza por medio de la Declaración de Obra nueva y propiedad horizontal
La transformación del edificio construido en viviendas de propiedad horizontal se realiza mediante una escritura pública formalizada ante Notario denominada declaración de obra nueva y propiedad horizontal. Esta división horizontal del edificio se debe realizar una vez se ha construido éste.
Pero, mientras que la división horizontal del edifico es única, la Declaración de Obra Nueva no, ya que se deben realizar también cuando se realicen en el edificio obras que transformen las circunstancias materiales de la finca tal como están reflejadas en el Registro de la Propiedad, como elevación o modificación de edificios, obras de riego y desagüe, etc
Para poder formalizar una obra nueva, sea cual sea ésta necesitamos que se cumplan una serie de requisitos:
A Que se acredite el otorgamiento de la preceptiva licencia y la expedición por técnico competente de la certificación de finalización de la obra conforme al, proyecto aprobado
B. Obtener la cedula de habitabilidad del inmueble, para lo que se precisa haber dado de alta en la contribución territorial urbana la correspondiente obra realizada, lo que exige, en todo caso, la certificación de terminación de la obra, por parte del arquitecto director de la misma o arquitecto municipal
C Se exige que la escritura en la que se describa la finca se haga constar el estado de la misma: concluida, en construcción o en proyecto.
Una vez se disponga de la escritura se puede acudir al registro de la propiedad para realizar la inscripción de la declaración de obra nueva que puede llevarse a cabo:
a) Mediante la descripción de la obra en los títulos referentes al inmueble, es decir, aquellos por los que se declare, reconozca, trasmita modifique o grave el dominio o los derechos reales que recaigan sobre el mismo.
b) Mediante escritura pública que contenga:
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