Una vez que has decidido poner tu propiedad en el mercado de alquiler, quizá te asalten las dudas acerca de cómo llevarlo a cabo para garantizar, en la medida de lo posible, un alquiler fructífero y seguro.
Para empezar, es fundamental intentar conseguir un inquilino que nos ofrezca la máxima fiabilidad y garantías económicas. Con este fin, podemos pedir a nuestros candidatos su nómina o contrato de trabajo, e incluso consultar diferentes registros de morosos para contrastar su solvencia y sus posibles impagos. También es importante tener en cuenta qué perfil de inquilino nos interesa, si un contrato más a largo plazo, un alquiler estacional o por temporadas, o que nuestra casa sea una vivienda de alquiler compartido. Dependiendo del tipo de alquiler podremos variar las garantías que exigimos al inquilino en función de la duración del contrato.
Una vez elegido el inquilino, existen diferentes opciones para intentar estar cubiertos ante posibles problemas. La más común es la de incluir una cantidad en concepto de fianza en el contrato de alquiler, de la que podremos disponer cuando el inquilino abandone nuestra vivienda si ha causado desperfectos o daños en la misma. Además, la ley nos permite solicitar garantías adicionales, que también serán incluidas en el contrato, destinadas a cubrir la posible eventualidad de un impago por parte del inquilino, así como exigir al candidato un aval (ya sea personal o bancario), que nos asegurará el pago de la deuda en caso de que éste último no se haga cargo.
Una fórmula cada vez más utilizada es, la de contratar un seguro de impago o daños en la vivienda. Esta es una buena opción para que el inquilino no tenga que desembolsar una cantidad elevada de dinero en un primer momento, y sin embargo, al hacerse cargo de la prima anual del seguro, el arrendador tendrá la tranquilidad de que ese seguro cubrirá las eventualidades derivadas del incumplimiento del pago o de los desperfectos causados en la vivienda, eso sí, siempre dentro de las garantías contratadas en la póliza.
También existe la posibilidad de alquilar a través de los servicios públicos de mediación para el alquiler de tu ciudad o comunidad autónoma. En casi toda España, los diferentes organismos oficiales ponen a disposición de arrendadores e inquilinos un servicio que garantiza a ambas partes el cumplimiento y buen fin del contrato de alquiler. Aunque a priori la renta mensual que percibe el propietario con esta modalidad es algo más baja que en el mercado privado, la entidad pública proporciona garantías de seguridad jurídica y económica sin gasto alguno para él.
Por último, indicar que podemos gestionar nuestro alquiler íntegramente a través de empresas especializadas en servicios de alquiler. Ellos se ocuparán desde la búsqueda del inquilino a la redacción del contrato o la gestión de posibles reclamaciones, y además garantizan que percibirás la renta de tu vivienda sin problema. A cambio, tendrás que pagarles un porcentaje de esa renta mensualmente o una comisión inicial por la gestión del alquiler durante la vigencia del contrato.
Cualquiera de estas fórmulas te ayudará a llevar a cabo la experiencia de alquilar tu vivienda de manera más certera y eficaz, minimizando los riesgos de impago o desperfectos, y a asegurar que resulta beneficiosa tanto para ti como para tu inquilino. (Fuente: www.simaexpo.com)