El contrato de management es un contrato celebrado entre un empresario propietario de un hotel y otro con know ñhow de gestión que aporta esta capacidad. El gestor puede incluir el hotel en una cadena hotelera gestionándolo en nombre y por cuenta del propietario recibiendo una retribución en función de los resultados. Es un contrato atípico y de reciente aplicación en España, por ello, es importante regular el mayor número de aspectos en el clausulado a partir de la práctica internacional. Por analogía, se aplican en su regulación la Ley del Contrato de Agencia, el Código Civil, a través de la regulación del contrato de arrendamiento de servicios y el Código de Comercio. Los contratos de management permiten diferenciar la propiedad de la gestión en una explotación hotelera de forma más completa que las figuras tradicionalmente utilizadas en España: contratos de arrendamiento regulados por la LAU y arrendamiento de industria, sin que el gestor tenga la responsabilidad directa derivada de la posesión del inmueble. Este tipo de contratos se hacen necesarios cuando el know-how empresarial resulta de difícil transmisión directa y resultan inaplicables de forma directa, otras formas contractuales como el contrato de franquicia o el de transmisión de know-how.
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