AUTORA: Marta Bergadà Minguell, abogada y Socia-fundadora de Bergadà i Associats
EN BREVE:
“El deudor hipotecario ejecutado podrá solicitar y obtener del acreedor ejecutante de la vivienda habitual, el alquiler de la misma”
SUMARIO:
- Introducción
- Cronológico
- Supuestos de especial vulnerabilidad
- Circunstancias económicas
- Alquiler social por 5 años con renta limitada
DESTACADOS:
- “La generalización de la propiedad en España provocó una concesión de hipotecas masivas a personas a las que les resulta imposible su asunción”
- “Figura como anexo a este Real Decreto-ley el Código de Buenas Prácticas (CBP) para la reestructuración de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual”
- “Esa importante medida, protege al ejecutado y a su familia de un inminente lanzamiento forzoso y dramático de su vivienda habitual”
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