AUTOR: Juan Osuna Marco, Socio del departamento Fiscal de Fieldfisher JAUSAS.
EN BREVE:
Una nota característica de la economía española es el peso de la construcción y el mercado inmobiliario. La fiscalidad del mercado inmobiliario es cambiante en función de hechos como quien es el vendedor, el comprador, el tipo de activo que se transmite e incluso el destino del mismo. El objetivo de este artículo es desgranar la fiscalidad directa e indirecta en la compraventa de inmuebles teniendo en cuenta cada una de las características anteriores.
SUMARIO:
- Categorización de las operaciones.
- ¿Quién es el vendedor?
- ¿Quién es el comprador?
- Tipo de activo.
- Destino del inmueble.
DESTACADOS:
- Los pequeños matices en fiscalidad inmobiliaria marcan diferencias impositivas importantes que marcan la necesidad de analizar operación a operación.
- Una venta de un inmueble está exenta de IVA si se trata de una segunda o ulterior transmisión del inmueble.
- Dado que las CCAA pierden dinero con la renuncia a la exención, el AJD tiene un tipo incrementado que compensa la merma de la recaudación.
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