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El Seguro Trienal

¿Qué es el seguro trienal?
La Ley de Ordenación de la Edificación 38/1999, establece en su artículo 19 el régimen de garantías exigibles para las obras de edificación.

A día de hoy, la única garantía obligatoria es la conocida como SEGURO DECENAL, la cual garantiza los daños materiales causados por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad; es decir, la ruina o colapso del edificio.
La mencionada Ley establece también un Seguro que garantice durante tres años el resarcimiento de los daños causados por vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad, los cuales están recogidos en el apartado 1, letra c) del articulo 3 de la misma Ley.

REQUISITOS RELATIVOS A LA HABITABILIDAD

Los edificios deberán proyectarse, construirse y conservarse de tal forma que se satisfagan determinados requisitos básicos, los cuales se establecen en el  marco normativo del  CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION, publicado en el Real Decreto 314/2006.

Los requisitos de Habitabilidad objeto de las garantías “trienales” son:

Higiene, salud y protección del medio ambiente, de tal forma que se alcancen condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos.

Protección contra el ruido, de tal forma que el ruido percibido no ponga en peligro la salud de las personas y les permita realizar satisfactoriamente sus actividades.

Ahorro de energía y aislamiento térmico, de tal forma que se consiga un uso racional de la energía necesaria para la adecuada utilización del edificio.

Otros aspectos funcionales de los elementos constructivos o de las instalaciones que permitan un uso satisfactorio del edificio.

EL CODIGO TECNICO

Es el marco normativo por el que se regulan las exigencias básicas de calidad que deben cumplir los edificios y sus instalaciones, para satisfacer los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad, desarrollando lo previsto en la Ley de Ordenación de la Edificación.

Estas exigencias básicas se establecen y desarrollan en el Código en cada uno de los requisitos básicos, establecidos en el articulo 3 de la LOE, y proporciona procedimientos que permiten acreditar su cumplimiento con suficientes garantías técnicas.

Estas exigencias básicas deben cumplirse en el proyecto, la construcción, el mantenimiento y la conservación de los edificios y sus instalaciones. Además, el capitulo 3º del Código regula detenidamente cada una de estas exigencias básicas.

Son las siguientes:

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