Carlota García Ortiz. Abogada en DJV Abogados
El pasado 19 de diciembre entró en vigor el Real Decreto Ley 21/2018, de 14 de diciembre, de Medidas Urgentes en materia de vivienda y alquiler. Esta ley contempla importantes reformas en materia de arrendamientos urbanos, propiedad horizontal, fiscalidad relacionada con la vivienda y alquiler y el proceso de desahucio de vivienda., Sin embrago, el pasado 22 de enero de 2019, del Congreso de los Diputados, acordó la derogación del Real Decreto-ley, tras 26 días en vigor.
SUMARIO
- INTRODUCCIÓN
- MOTIVOS QUE JUSTIFICAN LA CREACIÓN DEL REAL DECRETO LEY 21/2018
III. REFORMAS QUE INTRODUCE EL REAL DECRETO LEY 21/2018
- DISPOSICIÓN ADICIONAL, DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y DISPOSICIONES FINALES
- INTRODUCCIÓN
Vigente durante 26 días, dicho Real Decreto es aplicable a los arrendamientos constituidos en eso días, por lo que procedemos a su análisis y explicación.
La creación de la presente ley obedece a los pocos resultados que ofreció la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos de medidas de flexibilización y fomento del mercado de alquiler de viviendas del año 2013, en relación al incremento de la oferta de vivienda y la moderación de los precios, situando al arrendatario de una vivienda como residencia habitual en una posición de debilidad.
En este contexto, el Estado se ha propuesto reforzar la cooperación con las Administraciones territoriales adoptando una serie de medidas que contribuyan a mejorar el marco normativo para aumentar la oferta de vivienda en alquiler, equilibrando la posición jurídica del propietario y el inquilino con el fin de garantizar el ejercicio del derecho constitucional a la vivienda.
- MOTIVOS QUE JUSTIFICABAN LA CREACIÓN DEL REAL DECRETO LEY 21/2018
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