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Novedades en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB).

Novedades en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB).

Este mes de  julio ha tenido una acividad inusualmente alta pues se estaba tratando de entrar al MAB antes de la entrada en vigor la nueva circular 1/2017 (que sustituye a la 14/2016) publicada por el Mercado Alternativo Bursátil (MAB) sobre requisitos y procedimiento aplicables a la incorporación y exclusión en el Mercado Alternativo Bursátil de acciones emitidas por SOCIMIS.

En concreto, la modificación se centra en el requisito de difusión de las acciones en el mercado. Para incorporarse y mantenerse en el MAB, las SOCIMIS debían colocar el 25% de su capital o, al menos, acciones por valor de dos millones de euros, entre accionistas minoritarios, cada uno de los cuales ostentara un porcentaje de participación inferior al 5%. Para dar cumplimiento a este requisito, se podían computar las acciones que el emisor pusiera a disposición del proveedor de liquidez. Y éste último se encargaría de su posterior colocación entre los inversores. Desde la Circular 6/2016, la difusión de las acciones debía completarse en el plazo máximo de un año desde la incorporación al mercado.

La Circular 1/2017 suprime la posibilidad de difusión diferida de un año y, en consecuencia, las sociedades que pretendan incorporarse deberán cumplir con anterioridad el requisito de difusión o conseguirlo al tiempo de la incorporación mediante una oferta (pública o no) de venta o suscripción de acciones.

Debemos añadir que el MAB es un mercado organizado autorizado por el Gobierno español y supervisado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que ofrece un sistema de contratación, liquidación, compensación y registro de operaciones que se efectúen sobre:

  • Acciones y otros valores de Instituciones de Inversión Colectiva (IIC).
  • Valores e instrumentos emitidos o referidos a entidades de reducida capitalización.
  • Otros valores e instrumentos que por sus especiales características, se acogen a un régimen singularizado.

El MAB, a diferencia del Mercado Continuo, cuenta con una regulación creada especialmente para las SICAV, Empresas de Capital Riesgo y pymes en expansión. Así pues no debemos confundir el MAB con la Borsa, a pesar de estar dirigido y gestionado también por la sociedad Bolsas y Mercados Españoles (BME).

Fuente:  Circular 1/2017 publicada por la sociedad de  Bolsas y Mercados Españoles.

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