AUTOR: www.ksolucion.es info@ksolucion.es
SUMARIO:
1.- El Caso
1.1.- Supuesto de Hecho
1.2.- Objetivo. Cuestión planteada
1.3.- La estrategia del Abogado
2.- El Procedimiento judicial
2.1.- Partes
2.2.- Peticiones realizadas
2.3.- Argumentos
2.4- Normativa
2.5- Resolución Judicial
3.- Jurisprudencia relacionada con el caso
4.- Documentos jurídicos
5.- Biblioteca
1.- EL CASO
1.1.- Supuesto de hecho
Adra (Almería),
El supuesto de hecho se inicia el 15 de febrero de 2007, fecha en la que D. José firma con la Sociedad Cooperativa X, compuesta únicamente de dos socias, un contrato de compraventa de diversos bienes muebles por valor de 5.000 €.
Estando en posesión la Sociedad Cooperativa X de los bienes objeto de compraventa, y llegada la fecha de vencimiento del segundo plazo de pago (el primer plazo de 2.500 € se pagó correctamente), por valor de 2.500 €, el pago no se produce, siendo más adelante cuando una de las socias, D. ª María, paga la mitad de esa cantidad, quedando pues pendiente de pago la suma de 1.250 €.
Tras reiterados intentos por parte de D. José de cobrarle a D.ª Carmen, la otra socia, los 1.250 € restantes, decide acudir a los Juzgados.
1.2.-Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es D. José, y su objetivo es cobrar los 1.250 € adeudados, a quien proceda en Derecho.
D. José, alternativamente, podría pedir la rescisión del contrato, pero elige el cumplimiento del mismo, pues la Sociedad Cooperativa X tiene en posesión los bienes objeto de la compraventa hace mucho tiempo, y además D. José no podría devolver lo ya cobrado.
1.3.-La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado se basa en dirigir la demanda solidariamente a la Sociedad Cooperativa X, que ya no ejerce actividad, y de la que no vamos a cobrar nada, y a D.ª Carmen, la socia que se desentendió del segundo plazo de pago, y que sí está en condición de responder económicamente con sus bienes personales.
La cuestión no es sencilla, pero basándonos en la presunción de que la Sociedad Cooperativa X está
en construcción, podemos implicar a D.ª Carmen.
No obstante, facilitaremos la dirección de la otra socia, D.ª María, como dirección de notificaciones de la empresa, pues su domicilio social ya no está operativo, con la intención de que conozca del procedimiento (de hecho es ella quien paga extraprocesalmente la cantidad reclamada con sus bienes personales).
2.- EL PROCEDIMIENTO JUDICIAL
Orden Jurisdiccional: Civil
Juzgado de inicio del procedimiento : Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Número Dos de Berja (Almería).
Tipo de procedimiento : Juicio Verbal.
Fecha de inicio del procedimiento : 14/12/2007
2.1.- Partes
• Parte Demandante
D. José (vendedor)
• Parte Demandada
La Sociedad Cooperativa X (compradora).
D.ª Carmen (socia interviniente en la compraventa).
2.2.- Peticiones realizadas
La parte demandante solicita
• En su demanda:
o La admisión de la demanda y los documentos que la acompañan.
o Que se promueva juicio verbal frente a la Sociedad Cooperativa X y D.ª Carmen.
o Que se dicte sentencia estimando íntegramente la demanda y condenando a las demandadas al pago de 1.250 €, más los intereses legales correspondientes.
o La condena en costas a la parte demandada
• En el escrito de archivo
o Que se admita dicho escrito, y se dicte resolución por la que se acuerde la terminación del proceso al haber sido satisfecha extraprocesalmente la pretensión que constituía su objeto.
o Que no se impongan costas a ninguna de las partes.
o La parte demandada no solicita nada pues no existe el momento procesal oportuno, al no llegar a celebrarse el acto de la vista previsto.
2.3.- Argumentos
La parte actora fundamenta sus peticiones en los siguientes argumentos:
• En su demanda:
o No se ha pagado la mitad del segundo plazo de la compraventa, por lo tanto la Sociedad Cooperativa X ha incumplido su parte del contrato.
o D. José puede elegir, ante el incumplimiento por parte de la Sociedad Cooperativa X, entre exigir el cumplimiento del contrato o la rescisión de éste.
o De los datos obtenidos de la certificación negativa del Registro Provincial de Cooperativas de Almería, y de la disposición de C.I.F por parte de la empresa demandada, se puede presumir que se trata de una Sociedad Cooperativa en Constitución.
o Por ello, responderán solidariamente de los actos y contratos celebrados en nombre de la proyectada Cooperativa, quienes los hayan celebrado, que es el caso de D.ª Carmen.
• En el escrito de archivo:
o Habiéndose satisfecho, fuera del proceso, la pretensión del actor, y manifestándolo así el mismo actor, procede el archivo de los autos, sin que proceda condena en costas a ninguna de las partes.
o La parte demandada no argumenta nada pues no existe el momento procesal oportuno, al no llegar a celebrarse el acto de la vista previsto.
2.4.- Normativa
Parte demandante:
• Procedimiento:
o Ley de Enjuiciamiento Civil (1/2000, de 7 de enero). LEC (art. 6, art. 7, art. 10, art. 22, art. 23, art. 31, art. 45, art. 50, art. 53.2, art. 250.2, art. 251.1, art. 253, art. 394, art. 437 y siguientes).
o Ley Orgánica, 6/1985, de 1 de Julio, del Poder Judicial. LOPJ (art. 9.2, art. 85.1).
• Fondo:
o Código Civil. CC (art. 1124, art. 1500).
o Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas. LC (art. 9).
o Ley de Enjuiciamiento Civil (1/2000, de 7 de enero). LEC (art. 386).
Parte demandada:
o No alega ninguna normativa, pues no existe el momento procesal oportuno, al no llegar a celebrarse el acto de la vista previsto.
2.5.- Resolución Judicial
Fecha de la resolución judicial: 25/04/2008
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
El Juzgado de primera instancia dictó auto, por el que se acuerda la terminación del procedimiento, al haber sido satisfechas extraprocesalmente las pretensiones de la actora, sin hacer pronunciamientos sobre las costas causadas.
Siendo firme este auto, se procederá al archivo definitivo de las actuaciones.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
A la vista de las manifestaciones de la actora, procede acordar la terminación del proceso sin hacer expreso pronunciamiento sobre las costas, conforme al art. 22.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, donde además se dice que el auto de terminación del proceso tendrá los mismos efectos que una sentencia absolutoria en firme.
3.- JURISPRUDENCIA RELACIONADA CON EL CASO
Sentencias con Fundamentos Jurídicos similares a la Sentencia de este caso:
• Sentencia del Tribunal Supremo (Sala Primera) número 116/2010, de 4 de marzo de 2010. BDI Economist & Jurist. Civil y Mercantil. Marginal 1784641.
4.- DOCUMENTOS JURÍDICOS
Documentos jurídicos de este caso:
Documentos disponibles en www.ksolucion.es Nº de Caso: 3572
info@ksolucion.es
1- Demanda de reclamación de cantidad.
2.- Auto de admisión a trámite de la demanda.
3.- Escrito solicitando el archivo del procedimiento.
4.- Auto declarando la terminación y archivo del procedimiento
5.- Providencia por la que se procede al archivo definitivo.
5.- BIBLIOTECA
Disponible en www.ksolucion.es Nº de Caso: 3572
• Contratos mercantiles más frecuentes en la empresa
• FORMULARIOS de la Nueva Ley de Enjuiciamiento Civil de 2000.
• Sabelotodo Derecho Civil
#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}
#cortardivhglobal{display: none !important;}
¿Quieres seguir leyendo?
Suscríbete a la Revista Inmueble desde